Al ministro Alberto Pérez Dayán le llueven descalificaciones por haber votado contra la procedencia de que la Suprema Corte se ocupara de la acción de inconstitucionalidad contra la reforma al Poder Judicial.
Su actitud ha sido equiparada inclusive con la ruin traición del “panista” Miguel Ángel Yunes Márquez para darle al oficialismo en el Senado el voto decisivo a fin de que la iniciativa de López Obrador fuese aprobada.
A su favor, sin embargo, está su pública y añeja convicción de que una reforma solo es atacable por vicios en el procedimiento legislativo, pero no por su contenido.
De una propuesta en 2022 del ministro Luis María Aguilar contra la constitucionalidad del arraigo y la prisión preventiva oficiosa, Pérez Dayán razonó:
“No me corresponde asumir una tarea que no se me asignó, no soy quién para desprender hojas de la Constitución…”.
Este martes, en la sesión para resolver sobre el proyecto del ministro Juan Luis Alcántara Carrancá de conceder solo validez parcial a la reforma con la idea política de propiciar un acuerdo con los poderes Ejecutivo y Legislativo, argumentó:
“Resolver en el sentido que se propone sería responder a una insensatez llevada irresponsablemente al texto supremo con otra insensatez equivalente, al forzar el ejercicio de una facultad que no me fue conferida en el conocimiento de una acción de inconstitucionalidad.”
Con Joaquín López-Dóriga, el ministro Javier Laynez Potisek recordó ayer que idéntica posición ha tenido Pérez Dayán desde hace al menos ocho años:
“Entiendo que él habló de ser congruente; que había antiguas votaciones desde 2016 donde habría votado que la Constitución no es revisable, y prefirió mantenerse en ese sentido”.
Lo de la “insensatez” fue alusión a la de los cuatro magistrados del Tribunal Electoral (no “el pueblo”) que le regalaron al oficialismo su antidemocrática sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados para asegurar la aprobación de la reforma que mata la separación de Poderes y la independencia del Judicial.
Laynez refirió que otro ministro pensaba como Pérez Dayán, “pero el contexto era totalmente distinto. Jorge Pardo Rebolledo lo explicó muy bien el martes (‘Sí, también fui de los que en esa época votó en un caso similar que no procedía revisar la Constitución’), pero años después tuvimos una condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que nos dice que el arraigo y la prisión preventiva oficiosa, que están en la Constitución, son violatorias de tratados internacionales y convenciones, y lógicamente eso implica que hagamos una nueva reflexión”.
Quiso decir que Pérez Dayán debió tomar muy, pero muy en cuenta el peligroso contexto de crisis constitucional en que estábamos antier y, pese a su criterio jurídico sobre la procedencia, bien pudo sumarse a sus siete pares a favor de declarar inconstitucional la reforma que dinamita la división de Poderes.
Comparto con Laynez que el canijo contexto era mucho más importante que el manoseado texto…