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SERPIENTES Y ESCALERAS

Derecho de réplica: ¿avance o retroceso?

Lo deseable es que los ministros concilien en su fallo el principio básico de que un derecho no puede vulnerar a otro

La polémica generada por el inminente fallo de la Suprema Corte de Justicia sobre el derecho de réplica expresa un debate largamente pospuesto en México. Por un lado el derecho de las audiencias y lectores a tener mecanismos que garanticen su derecho a responder a informaciones que consideren atentatorias a su honra o imagen pública, y por el otro el respeto absoluto a la libertad de expresión de cualquier persona, medio o periodista que no puede ni debe ser coartado con mecanismos judiciales, más allá de los límites que marca la Constitución y los tratados internacionales.

En el centro de esa polémica está la propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán que elimina como requisito para la réplica de cualquier ciudadano, ante un medio o periodista, el que la información replicada “sea falsa o inexacta”, lo que abriría la puerta a demandas judiciales aun cuando la información publicada sea verídica. La Ley de Réplica que revisa la Corte, cuyo fallo será el próximo lunes, establece que si el medio o periodista se niega a publicar la réplica solicitada, el aludido puede iniciar un proceso judicial y la demanda procedería sin importar que la información publicada sea verídica.

Ayer la Sociedad Interamericana de Prensa expresó su preocupación porque la Corte apruebe una sentencia que debilite el ejercicio de la libre expresión. “Este modelo de precepto legal que permite emprender acciones contra medios y periodistas por hechos diversos, sean o no verdaderos, ha dado lugar a innumerables abusos en América Latina. En el caso de México supondría una regresión clara en los estándares en materia de libertad de expresión y de prensa”, expresó en un comunicado.

Pero en la Corte afirman que la propuesta de Pérez Dayán no aplica indiscriminadamente a cualquier ciudadano que se sienta agraviado con una publicación; por ejemplo, a los personajes públicos se les restringe la réplica. Y sobre la eliminación de la frase “información falsa o inexacta” del artículo 3 de la ley, voceros de la Corte aseguran que sí se elimina, pero “sólo para hacer una interpretación más amplia, acorde a lo que establece la Convención Interamericana”, a fin de que las réplicas sólo procedan cuando es información falsa o inexacta, pero también cuando generen “agravios” referidos sólo al uso de palabras que claramente injurien, humillen o vejen a una persona. La réplica no procede en espacios de opinión y crítica, afirman.

Las dos posiciones se enfrentan este lunes en un debate del que no se sabe cómo vendrá la votación. Por un lado la alerta para que los ministros no se excedan en la reglamentación del derecho de réplica y vulneren la libre expresión; y por el otro la necesidad de avanzar la protección del derecho de lectores y audiencias para hacer realidad su derecho a recibir información de calidad por parte de los medios. Lo deseable es que los ministros concilien en su fallo el principio básico de que un derecho no puede vulnerar al otro y que, ante todo, está el principio universal de la libre expresión como condición básica para hablar de una sociedad libre y democrática.

NOTAS INDISCRETAS… Detrás del repentino y estridente llamado del Congreso para prohibir las “narcoseries” en la televisión hay motivos extraños y ocultos que, sumados a la cuestionable intención de aleccionar al público sobre lo que debe o no debe ver, hacen de éste un debate intencionado y dirigido. En el mismo Congreso se afirma que los diputados y senadores que subieron el tema recibieron “línea” y que, más que la preocupación por los contenidos, el tema de fondo es la lucha por el rating entre las televisoras. Por ejemplo, dos reportes de audiencia en la zona metropolitana del Valle de México de los días 31 y 1 de diciembre, uno de Imagen Televisión y otro de HR Ratings, revelan que en el horario de 9 a 10 de la noche la serie Rosario Tijeras que pasa por Canal 13 de TV Azteca —que Gobernación pide sacar del aire— tuvo hasta 14 puntos de rating el 31 y 10 puntos el 1 de noviembre, mientras que a la misma hora la novela Sin Rastro de ti en Canal 2, de Televisa, tuvo entre 8.3 y 6.7 de rating según las dos casas medidoras. Esas cifras impactaron también a los noticieros estelares de las dos cadenas; mientras Hechos Noche de Azteca tuvo 11.8 y 8.9 en esos días, 10 En punto de Televisa alcanzó 8.3 y 7.3 respectivamente. Eso lleva a ejecutivos de la televisora del Ajusco a sospechar que detrás de la intención y la petición de sacar del aire a su producción Rosario Tijeras hay algo más que un supuesto interés de “cuidar a las audiencias” al prohibir las series con temáticas de narcotráfico. Y para completar el “sospechosismo”, los ratings de esos dos día de Nielsen-Ibope, que mide audiencia para Televisa, no salieron porque justo esos días tuvieron “fallas en el sistema”. ¿Qué hay entonces detrás del moralino debate sobre las narcoseries?... Los dados mandan Serpiente doble. Caída libre.

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Nacional