- Avanza en Suprema Corte la propuesta del ministro Pérez Dayán
- No se busca coartar libre expresión, dicen promoventes de iniciativa
- Corte avala impugnación de CNDH y partidos a ley de réplica
- Discuten, sin resultados, injerencia del derecho en materia electoral
Prevén decidir hoy si se invalidan o no requisitos de información falsa o inexacta.
El proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán sobre la Ley del Derecho de Réplica, que prevé que cualquiera que se sienta agraviado solicite el ejercicio de esa prerrogativa aun cuando se trate de información verdadera, avanzó en el pleno de la Suprema Corte.
Aprobó por mayoría de votos que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y los partidos políticos tienen legitimidad para iniciar acciones de inconstitucionalidad y pueden impugnar este tipo de normas, de carácter general, aunque no sean electorales, pues tanto el PRD como Morena interpusieron el recurso contra la Ley de Réplica, a pesar de que ésta no regula los procesos electorales.
En un foro organizado por EL UNIVERSAL, el ex presidente nacional del Partido de la Revolución Democrática, Agustín Basave, y la secretaria general del Comité Ejecutivo Nacional de Morena, Yeidckol Polevnsky, representantes de los partidos promoventes de ese reclamo a la ley acabaron por coincidir con académicos, como Jorge Islas, en que su principal preocupación es que no se coarte la libertad de expresión y que no se judicialice el derecho de réplica, por lo que necesitan estudiar más detenidamente el proyecto.
Islas dijo que la ley ya establece tres requisitos para garantizar el derecho de réplica: que sea información falsa o inexacta y que su difusión cause un agravio, por lo que la propuesta del ministro limita los primeros dos requisitos a un concepto muy subjetivo.
La presidenta de la CDHDF, Perla Gómez, advirtió que la ley de réplica "se puede convertir en una forma de acoso judicial porque no garantiza la libertad de expresión".
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició el análisis del proyecto sobre la Ley del Derecho de Réplica, que prevé que cualquiera que se sienta agraviado solicite el ejercicio de dicha prerrogativa aun cuando se trate de información verdadera.
Durante la sesión ordinaria de ayer, el pleno de la Corte dio el primer paso para que el proyecto elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán sea analizado a fondo.
Los ministros aprobaron por unanimidad la legitimidad que tiene la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para impugnar la Ley del Derecho de Réplica.
Por mayoría de siete votos, decidieron que también los partidos políticos pueden impugnar este tipo de normas, de carácter general, aunque no sean electorales, puesto que tanto el PRD como Morena interpusieron acción de inconstitucionalidad contra el texto normativo.
Esto, debido a que aunque la Ley del Derecho de Réplica no regula procesos electorales, sus disposiciones resultan aplicables a los partidos políticos, candidatos y precandidatos debidamente registrados ante las instancias correspondientes en la materia, por lo que deben estimarse de naturaleza electoral.
Según los ministros, el derecho de réplica en materia electoral busca proteger la imagen y la reputación de quienes aspiran a un cargo de elección popular, así como la veracidad de la información difundida en medios de comunicación relacionada con sus actividades políticas.
Durante esta primera discusión que tuvieron los ministros, Javier Laynez Potisek, Eduardo Medina Mora y Jorge Mario Pardo Rebolledo votaron en contra de que el PRD y Morena estén legitimados para impugnar una ley como la del derecho de réplica, debido a que consideraron que la misma no es de carácter electoral ni tiene injerencia en dicha materia, sino que está dirigida a todos los ciudadanos.
La ministra Margarita Luna Ramos decidió cambiar su voto durante el debate, debido a que había considerado que sí se estaba ante un asunto de carácter electoral, pero que debido a que sus efectos serán de carácter general se pronunció en contra de que los partidos tuvieran facultad para impugnar la ley.
Con esta primera votación, el pleno entrará al estudio de los argumentos hechos valer por el PRD, Morena y la CNDH.
A pesar de que la ministra Noma Lucía Piña Hernández votó a favor de la facultad de los partidos políticos para impugnar estas normas, de carácter general, adelantó que sobre el fondo del proyecto -la propuesta de eliminar los requisitos de información falsa o inexacta votará en contra.
"No es precisamente materia electoral lo que están impugnando [los partidos] y, por lo tanto, yo estaría en contra de que se declare la invalidez de esos preceptos, porque no están dirigidos - específicamente los institutos políticos", indicó.
De igual modo, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea indicó que aunque los partidos políticos están legitimados para combatir la Ley del Derecho de Réplica, no concuerda con la propuesta de establecer la competencia especializada a las autoridades electorales para el ejercicio de este derecho en tiempo de elecciones.
"No acepto, y votaré en su momento en ese sentido, que la materia de esta ley implique generar una competencia especializada como si se tratara de una materia electoral sustantiva", explicó, puesto que el proyecto propone que la réplica en tiempos de elección se haga valer ante el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
El ministro presidente de la Corte, Luis María Aguilar, justificó su voto a favor de la legitimidad del PRD y de Morena en el asunto, con el argumento de que con ello se extiende el acceso a la justicia debido a que el derecho de réplica tiene efectos más allá de la materia electoral, pero sí incide y la trasciende.
"Todo esto trasciende a la materia electoral, porque tiene una incidencia directa en la organización y en la participación de los candidatos y los partidos políticos durante los procesos electorales", indicó.
"Por ello, considero que, si bien de alguna manera es indirecta, trasciende, porque entonces, los partidos políticos y los candidatos, en su caso, podrían verse afectados con alguna determinación de información", explicó.
Hoy, los ministros volverán a sesionar para continuar con la discusión del proyecto sobre la Ley del Derecho de Réplica, al ser consultado por EL UNIVERSAL, el ministro Alberto Pérez Dayán afirmó que con esta aprobación comenzará el proceso para construir el equilibrio necesario para evitar excesos en el ejercicio tanto del derecho de réplica como de la libertad de expresión. "Busco que cualquiera que se sienta agraviado pueda acceder a la justicia sin que se caiga en un exceso en el ejercicio de este derecho y con ello se vea afectada la libertad de expresión o de información", dijo.
El ministro confirmó que con base en el proyecto, hoy los ministros analizarán la parte nuclear de los argumentos esgrimidos por los partidos políticos, que son los requisitos para el ejercicio del derecho de réplica. Es decir, que hoy se votará sobre invalidar o no los requisitos de información falsa o inexacta y agraviante para hacer valer el derecho de réplica al considerar que éstos menoscaban esta garantía constitucional, "únicamente en cuanto limitan su ejercicio a la aclaración de la información falsa o inexacta que emita cualquier sujeto obligado".
Luego, los ministros deberán analizar el argumento de la CNDH en el que afirma que debido a que la ley señala como sujeto obligado a "cualquier otro emisor de información responsable del contenido original", genera incertidumbre jurídica.
En seguida analizarán si es necesario establecer competencia ante el INE y el TEPJF cuando se trate de información publicada durante los procesos electorales y, finalmente, resolverán si la ley requiere o no especificar la forma en que se establecerán las sanciones a las que deban ser condenados los sujetos obligados que incumplan con sus preceptos.
Los ministros analizarán los argumentos esgrimidos por los partidos políticos. Se votará sobre invalidar o no los requisitos de información falsa o inexacta y agraviante para hacer valer el derecho de réplica.
Después, los ministros deben analizar el argumento de la CNDH, en el que afirma que debido a que la ley señala como sujeto obligado a "cualquier otro emisor de información responsable del contenido original", genera incertidumbre jurídica.
Luego, los ministros revisarán si es necesario establecer competencia ante el INE y el TEPJF cuando se trate de datos publicados en procesos electorales.
Por último, la Corte resolverá si la ley requiere o no especificar la forma en que se establecerán las sanciones a las que deban ser condenados los sujetos obligados que incumplan con sus preceptos.
ALBERTO PÉREZ DAYÁN Ministro de la SCJN.
JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ. Ministro de la SCJN.
EDUARDO MEDINA MORA. Ministro de la SCJN.
JAVIER LAYNEZ POTISEK. Ministro de la SCJN.
JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ Ministro de la SCJN.
NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Ministra de la SCJN.
MARGARITA LUNA RAMOS Ministra de la SCJN.
LUIS MARÍA AGUILAR MORALES. Ministro presidente de la SCJN.