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Entra en vigor reforma que tipifica como delito el turismo sexual

Entraron en vigor las reformas al Código Penal del estado que tipifican ese delito

Hasta doce años de prisión se impondrá a quienes incurran en el delito de turismo sexual, al incorporarse y entrar en vigor nuevas disposiciones en el Código Penal del Estado de Morelos.

De acuerdo con la adición del Capítulo VI denominado “Turismo Sexual” y el artículo 162 Bis, dentro del Título Séptimo, denominado Delitos Contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual, del Libro Segundo al Código Penal, era necesario incorporar esta figura punitiva debido a que Morelos se ha convertido en una entidad donde la trata de personas tiene un incremento importante.

Según el Decreto de reforma publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, las autoridades de la Fiscalía General del Estado incrementaron su actividad de investigación en diversos municipios como Yautepec, Cuautla, Ayala, Yecapixtla, Jantetelco, Jonacatepec y Axochiapan.

Desde hace décadas en este corredor existen establecimientos dedicados a la prostitución, en los que se sabe existe trata de personas con fines de explotación sexual de menores y mujeres, en muchos casos privadas de su libertad en otros estados, pero son pocos los operativos y los resultados de las autoridades en el combate a este delito.

El legislador consideró que “a pesar de que contamos con legislación internacional y federal penal para regular esas conductas antisociales, lo cierto es que nuestro Código Penal Morelense no contempla y turismo sexual, los cuales (sic) tienen peculiaridades que permiten contar con un tipo penal diferente.”

Por tal razón se adicionó a la legislación estatal penal nuevas disposiciones para tipificar el delito de turismo sexual y establecer que cometerá este ilícito “quien promueva, publicite, invite, facilite o gestione por cualquier medio, a que una o más personas viajen al interior o exterior del Estado de Morelos, con la finalidad de que realice o presencie cualquier tipo de actos sexuales, reales o simulados, con una o varias personas menores de edad o personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o no se pueda resistir a éste". Al responsable de la comisión del delito de turismo sexual, se le impondrá de cinco a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa.

https://www.launion.com.mx/morelos/politica/noticias/98467-entra-en-vigor-reforma-que-tipifica-como-delito-el-turismo-sexual.html

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