Entraron en vigor las reformas al Código Penal del estado que tipifican ese delito
De acuerdo con la adición del Capítulo VI denominado “Turismo Sexual” y el artículo 162 Bis, dentro del Título Séptimo, denominado Delitos Contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual, del Libro Segundo al Código Penal, era necesario incorporar esta figura punitiva debido a que Morelos se ha convertido en una entidad donde la trata de personas tiene un incremento importante.
Según el Decreto de reforma publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, las autoridades de la Fiscalía General del Estado incrementaron su actividad de investigación en diversos municipios como Yautepec, Cuautla, Ayala, Yecapixtla, Jantetelco, Jonacatepec y Axochiapan.
Desde hace décadas en este corredor existen establecimientos dedicados a la prostitución, en los que se sabe existe trata de personas con fines de explotación sexual de menores y mujeres, en muchos casos privadas de su libertad en otros estados, pero son pocos los operativos y los resultados de las autoridades en el combate a este delito.
El legislador consideró que “a pesar de que contamos con legislación internacional y federal penal para regular esas conductas antisociales, lo cierto es que nuestro Código Penal Morelense no contempla y turismo sexual, los cuales (sic) tienen peculiaridades que permiten contar con un tipo penal diferente.”
Por tal razón se adicionó a la legislación estatal penal nuevas disposiciones para tipificar el delito de turismo sexual y establecer que cometerá este ilícito “quien promueva, publicite, invite, facilite o gestione por cualquier medio, a que una o más personas viajen al interior o exterior del Estado de Morelos, con la finalidad de que realice o presencie cualquier tipo de actos sexuales, reales o simulados, con una o varias personas menores de edad o personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o no se pueda resistir a éste". Al responsable de la comisión del delito de turismo sexual, se le impondrá de cinco a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa.