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Pedirán la separación

El diputado Francisco Santillán Arredondo anunció que se abrió un segundo procedimiento para solicitar ahora la separación definitiva del cargo del presidente municipal de Cuernavaca, Cuauhtémoc Blanco Bravo, tras explicar que el artículo 41 contempla diversas acciones: la revocación del mandato, el juicio político y la desaparición del Ayuntamiento o suspensión definitiva de alguno de los miembros del Cabildo.

El legislador confirmó que el Congreso del Estado ya inició el segundo proceso de separación definitiva del cargo, en ánimos de conocer la verdad. “El alcalde, por medio argucias jurídicas, está evadiendo la responsabilidad que tiene; de tal suerte que si la ley nos lo permite, procederemos por esa vía”, aseveró.

Insistió en que los diputados buscan evitar que el alcalde, mediante una artimaña jurídica, evada la responsabilidad que tiene. “Se van a agotar todos los procedimientos hasta que el edil dé respuesta a las demandas de los ciudadanos”, aseguró.

Sobre el procedimiento que siguen para dar respuesta a los recursos legales interpuestos por el munícipe, expuso que no se trata de una discusión entre el municipio y el parlamento estatal, sino que el tema es hacer el procedimiento sobre uno de los miembros de la comuna, el presidente municipal.

Comentó que también está a discusión la velocidad con se efectuó la suspensión, pese a que el alcalde no contaba con la personalidad jurídica correspondiente para solicitar el amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por lo que deja entrever que “cuando algo tiene cola y patas de pato, no va a ser perro”.

Indicó que el Congreso local sigue el procedimiento como lo marca la ley y la Corte entregó una suspensión en “tiempo récord”, razón por la que ahora tendrán que “combatirlo” por medio de un procedimiento para hacerle saber a la SCJN que Cuauhtémoc Blanco no tenía la competencia legal.

Esta acción, dijo, es parte de la contestación que ha hecho el Congreso, por lo que seguirá el caso para dar a conocer si es constitucional el artículo 41.

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