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Anuncia el gobierno estatal subsidios a damnificados

 

 

 

Beneficios fiscales serán para empresarios del ramo turístico y empleadores, y se condonará pago de derechos por el trámite de documentos ante el registro civil estatal.

 

A partir del este viernes y hasta el último día de diciembre, la Secretaría de Hacienda estatal otorgará beneficios fiscales a empresarios del ramo turístico y a empleadores y condonará a damnificados el pago de derechos por la tramitación de documentos ante el registro civil estatal.

Con su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” entraron en vigor los cuatro acuerdos emitidos por la Secretaría de Hacienda, a través de los cuales se otorga un subsidio fiscal a los contribuyentes en el pago del impuesto estatal sobre Servicios de Hospedaje y el pago del impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal que se cause en diversos municipios del estado con motivo del sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017.

También a los contribuyentes damnificados por el sismo se les otorgará un subsidio fiscal del cien por ciento en el pago de derechos por concepto de Inscripción de Hipoteca derivada de un Contrato de Mutuo ante el Instituto de Servicios Registrales y Catastrales del Estado de Morelos, y del pago de los derechos estatales que se causen por los servicios y trámites ante el Registro Civil en el Estado de Morelos.

Los notarios públicos encargados de retener el pago de derechos por concepto de Inscripción de  Hipoteca, deberán abstenerse de realizar el cobro a sus causantes, a partir de la vigencia del acuerdo y hasta el 31 de diciembre de 2017, hasta en tanto se determine si se concede o no el subsidio fiscal solicitado.

Las cantidades retenidas por los notarios públicos y no enteradas, deberán ser devueltas a los contribuyentes, de autorizarse el subsidio fiscal a su favor.

La Secretaría de Hacienda anunció también que por el momento, queda suspendido el acuerdo por el que se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas o morales que presten en la entidad los servicios y que son objeto del impuesto sobre la prestación de servicios de hospedaje, así como los del impuesto sobre servicios de parques acuáticos y balnearios, que sustituyan el consumo de combustibles fósiles por energía solar térmica para el calentamiento de agua.

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