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Fija TEPJF reglas para reelección de alcaldes morelenses

Los plazos para separarse del cargo son: 90 días para municipales que aspiren a gobernadores; 180, diputados que busquen nuevo cargo; y 180, síndicos y munícipes que aspiren a diputaciones

 

Imagen tomada de Twitter: @TEPJF_informa

 

CIUDAD DE MÉXICO

Los alcaldes que busquen su reelección en el estado de Morelos deben separarse de sus cargos a más tardar en abril, es decir, 90 días antes de las elecciones que se llevarán en julio de 2018.

Durante la sesión del pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), también se estipuló que en el caso de los ciudadanos que ocupan cargos como diputados locales o síndicos no tiene obligación de separarse del cargo aun si buscan la reelección.

El derecho a ser votado constituye un derecho fundamental y una prerrogativa ciudadana que puede encontrarse sujeta a diversas condiciones y que, de ser el caso, éstas deben ser razonables y no deben ser discriminatorias”, indicó el magistrado José Luis Vargas.

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La convocatoria emitida por el Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Morelos indicaba que aquellos ediles que eligieran reelegirse debían pedir licencia de sus funciones 180 días de su anticipación.

Al interponer una impugnación por parte de los partidos políticos, el Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) diferenció los plazos atendiendo una interpretación de la ley del estado y la comicial estatal: 90 días para municipales que aspiren a gobernadores, 180 días para diputados que busquen un nuevo cargo y 180 días a síndicos y munícipes que aspiren a diputaciones locales.

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