Con 20 votos a favor, seis en contra y cero abstenciones, el pleno del Congreso del Estado aprobó la tarde de ayer la iniciativa por la que se establece en Morelos el matrimonio entre personas del mismo sexo. Ello, en medio del rechazo del grupo parlamentario del PAN, que aseguró que se trata de un atentado al concepto de familia, además de que no se cumplió con el derecho de socializar el tema.
Ello, en medio de la manifestación de un grupo de ciudadanos inconformes que aseguraron que el matrimonio solo debe darse entre un hombre y una mujer, lo que generó una amplia discusión entre los legisladores, por lo cual el presidente de la mesa directiva, Francisco Moreno Merino, tuvo que intervenir en diversas ocasiones para callar a los inconformes.
El PAN, a través del diputado Víctor Caballero Solano, hizo uso de la palabra para argumentar que no hubo una socialización del tema y, en consecuencia, no se tendría que discutir, por lo que era necesario someterlo a un debate estatal antes de ser aprobado. Ello al asegurar también que se trataba de un atentado al concepto de familia.
El diputado Jaime Álvarez contestó que este proyecto llevaba más de dos años en análisis y que en el estado se tendría que avanzar en temas de esta naturaleza .
Por parte del PRI, el diputado Aristeo Rodríguez defendió el derecho de las personas a decidir y lamentó la homofobia que todavía existe en algunos grupos sobre los avances en conceptos discutidos a nivel nacional.
En medio de gritos de protesta y hasta de amenazas contra los legisladores que votaron a favor, a quienes los inconformes aseguraron que se verían las caras en el proceso electoral del 2018 e inclusive sentenciando a algunos de ellos que ya sabían quiénes eran y donde vivían, la diputada del PRD, Hortencia Figueroa, lamentó la situación y aseguró que no se trató de un debate al vapor como se ha informado, además de que no coincidía con las expresiones de homofobia y discriminación de ese grupo.
A las 16:04 horas se sometió a votación el dictamen que pone a Morelos en el cuarto lugar a nivel nacional en aprobar esta reforma constitucional y ahora el documento deberá pasar a la aprobación de los 33 cabildos para avalarlo y ponerlo en marcha de manera inmediata.
MORELOS ESTABA EN LA INCONSTITUCIONALIDAD: JULIÁN GÜITRÓN FUENTEVILLA
Cabe destacar que el experto en Derecho Familiar, Doctor Julián Güitrón Fuentevilla, Profesor de Carrera con 50 años de Cátedra ininterrumpida en Derecho Civil y Derecho Familiar, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, en su artículo publicado el 17 de abril de 2016 en EL SOL DE CUERNAVACA, había advertido que la Constitución Política del estado de Morelos y el Código Familiar estatal habían caído en la inconstitucionalidad respecto al matrimonio de personas del mismo sexo, al no acatar el carácter obligatorio de las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En su artículo, Güitrón Fuentevilla decía que "las jurisprudencias respectivas ponen en entredicho al Órgano Legislativo Local, que todavía está dudando si modifica los artículos 68 del Código Familiar y el 120 de la Carta Magna del Estado, que siguen ordenando que el matrimonio es la unión voluntaria y libre de una mujer, con igualdad de derechos, obligaciones, con la posibilidad de procrear, etc.".
Continuaba:
"La Tesis de jurisprudencia 46/2015 (10a.), aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de tres de junio de dos mil quince: Matrimonio. La ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad de aquél es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional."
Esta tesis se publicó el 19 de junio de 2015 en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del 22 de junio de 2015, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013. Registro: 2009406. Instancia: Primera Sala. Tipo de Tesis: Jurisprudencia. Fuente: Gaceta del Semanario. Judicial de la Federación .Libro 19, junio de 2015, Tomo I. Materia(s): Constitucional, Civil. Tesis: 1a. /J. 46/2015 (10a.) Página: 534.