La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó como procedente la controversia constitucional que interpuso el Gobierno de Cuautla en contra de la aprobación del dictamen por parte de diputados locales en el que se autorizó la creación del municipio indígena de Tetelcingo.
El 12 de diciembre de 2017, la síndica municipal, Paola Cruz Torres, a nombre del Gobierno cuautlense, promovió una controversia constitucional ante la SCJN; señaló que se estaba “contraviniendo en la acción del debido proceso del Congreso del Estado, en el sentido de que agravia al municipio y violenta los artículos de la Constitución Política”.
De acuerdo con la controversia constitucional 30/2018 con fecha 2 de febrero, el municipio impugnó: “el decreto dos mil 341, por el cual se crea el municipio de Tetelcingo, Morelos, así como sus efectos y consecuencias”. Sin embargo, la SCJN negó la suspensión solicitada por el municipio por tanto hace la norma general decreto 2341.
En cambio, a fin de preservar la materia de la controversia constitucional, procedió a conceder la suspensión, con el propósito de asegurar provisionalmente la situación jurídica, el derecho o el interés del municipio actor y evitar se le cause un daño irreparable, para que las cosas se mantengan en su estado actual.
Y por ende, las autoridades demandadas y las demás partes se abstengan de realizar cualquier acto que, en términos del régimen transitorio del Decreto impugnado, den lugar a modificar la espera del municipio actor.