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Suprema Corte concede nuevo amparo para uso lúdico de mariguana

 
 

Por lo que, por los próximos tres años, la persona amparada puede sembrar, cosechar, transportar y fumar la hierba 

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La SCJN concedió un segundo amparo que permite a una sola persona el uso de la mariguana con fines lúdicos - Foto: Cuartoscuro - Foto: Cuartoscuro

 

CIUDAD DE MÉXICO.

Por mayoría de cuatro votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un segundo amparo que permite a una sola persona el uso de la mariguana con fines lúdicos y recreativos.

De esta forma y con el voto de la ministra Norma Piña, quien por primera vez se pronuncia sobre el tema, queda garantizado para los próximos tres años el criterio de noviembre de 2015 para que las personas amparadas puedan libremente sembrar, cosechar, transportar y fumar la hierba.

Este Alto Tribunal considera que pertenece al estricto ámbito de la autonomía individual protegido por el derecho al libre desarrollo de la personalidad la posibilidad de decidir responsablemente si desea experimentar los efectos de esa sustancia a pesar de los daños que esta actividad puede generarle a una persona”, señaló la Primera Sala.

La propuesta del ministro Jorge Pardo, quien este miércoles votó en contra de su propio proyecto, retomó el pensamiento de la mayoría de los integrantes de la Sala sobre el uso recreativo de la cannabis, y postuló la inconstitucionalidad de cinco artículos de la Ley General de Salud que mantienen la prohibición absoluta al consumo de mariguana.

Esta Primera Sala considera que se trata de una medida que no sólo es innecesaria, al existir medios alternativos igualmente idóneos que afectan en un menor grado el derecho al libre desarrollo de la personalidad, sino que además es desproporcionada en estricto sentido, toda vez que genera una protección mínima a la salud y orden público frente a la intensa intervención al derecho de las personas a decidir qué actividades lúdicas desean realizar”, destacó el proyecto.

Este nuevo litigio estratégico que resolvió la Corte se derivó de la resolución de un juez federal en materia administrativa de la Ciudad de México que rechazó una demanda de amparo promovida por el abogado Ulrich Richter.

Ámbito: 
Nacional
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