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Confirma Tribunal Electoral resolución a favor de Cuauhtémoc

No se destruyó la presunción de que sí acredita el requisito de residencia

Ya que lo único que se acreditaría es un contrato de prestación de servicios, y este es un tema, un hecho público conocido de todos que sigue otra vía de investigación

 
 

La magistrada explicó que antes de aspirar a la gubernatura del estado de Morelos, Cuauhtémoc Blanco contendió por la presidencia municipal de Cuernavaca en el 2015, momento en el que tuvo que acreditar diez años de vivir en Morelos, periodo al que se suman los tres años más de su mandato.

Agregó que los partidos actores estimaron que indebidamente se les acreditó la constancia porque los documentos no son idóneos.

Sin embargo, dijo, presentó la credencial para votar, acta de nacimiento, así como el acuerdo del órgano público del órgano electoral, y la sentencia de la sala emitida por la Ciudad de México.

No puede ser cuestionado en el presente juicio

En su intervención, el magistrado José Luis Vargas Valdez añadió que además, el tema respecto al ciudadano ya había sido impugnado en 2015.

Ya había sido impugnada, situación que fue analizada y quedó firme, desde entonces ya se le exigía una residencia en la entidad de Morelos. A mayoría de razón cumple

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