Puente de Ixtla, “paraíso de la documentación” en Morelos
A sólo 15 días de que concluya esta horrenda y espantosa LIII legislatura, todavía se sigue uno sorprendiendo por la voracidad y actos de rapiña en la que incurrieron los diputados y no obstante haber sido descubiertos, intentan aún seguirse beneficiando hasta el último día de su periodo, sin importarles perder en lo absoluto la decencia, la honestidad y pulcritud. Hoy, personajes como Hortencia Figueroa Peralta, Francisco Moreno Merino, Silvia Irra Marín, entre muchos otros actúan amparados bajo el manto del cinismo y sin responsabilidad alguna.
HORTENCIA FIGUEROA PERALTA, “LA DADIVOSA”.- La dos veces diputada local, ex alcaldesa de Jojutla, ex presidenta del PRD y candidata al senado de la República, todo por el PRD, sigue estando en el ojo del huracán porque durante su estancia dentro de la LIII Legislatura, ha beneficiado a mucha gente con pensiones, basificaciones y nombramientos aunque tiene una coincidencia, son sus familiares, amigos y hasta a su pareja sentimental. Incluso, ella misma sigue aferrada a no dejar de vivir del presupuesto e intenta con la complicidad de los demás diputados, colocarse como directora del Instituto de la Mujer para desde ahí, hacer un frente y con recursos y autonomía del órgano de las féminas, se mantenga al menos un sexenio y con temor a alcanzar 12 años en el cargo. Todo lo están maquiavelando los salientes seudorepresentantes populares. La magistratura para su pareja, también se está cocinando desde el Congreso y pese a todos los intentos legales por frenar esa decisión, los diputados están obsesionados por lograr se objetivo.
Entre las bondades que logró hacer como diputada Hortencia Figueroa Peralta, destaca que esta semana se estarán basificando a 40 trabajadores sindicalizados, 20 para los diputados y 20 para el sindicato. Son 20 basificaciones para los diputados y 20 para el corrupto sindicato del Legislativo. Entre algunos de los beneficiarios hay aviadores, gente que nunca laboró y que solo cobraba cada 15 días. Ejemplos hay muchos. Un caso ejemplar, el de la legisladora priista Leticia Beltrán, quien logró basificar a su hijo, Marco Antonio Salgado Beltrán. Mientras que otro corrupto y cómplice Jesús Roman Salgado, basificó a su hermana y por ello se prestó a tantas marranadas.
Por cuanto a las jubilaciones está José Ignacio Garay Laguna, jubilado del Congreso, argumentan los propios empleados que no trabajo pese a que cobraba como secretario Técnico del Comité de Vigilancia. Y curioso que Felipe Ignacio Garay Güemes, padre, sea gente cercana a Silvia Irra.
En tanto que María del Carmen Vázquez Avilés, esposa de Gabriel Irra, cuñado de Silvia Irra, Carlos Alberto Cruz Irra, regidor de seguridad pública, tránsito y vialidad de Zihuatanejo, Guerrero y a quien califican de aviadora del Congreso del Estado. Y como complemento de la Secretaría Técnica de la Comisión del Trabajo, también es sobrina política de Silvia.
Más casos: Yolanda Vázquez Diego, madre del ex regidor del Ayuntamiento de Cuernavaca, Nelson Gerson Rodríguez Vázquez, a quien muchos califican como aviadora del Legislativo, y peor aun cuando Gerson es colaborador cercano al diputado perredista Edwin Brito Brito.
ES DELITO FALSIFICAR DOCUMENTOS OFICIALES.- Los legisladores que se están yendo de su cargo van cargados con la maleta de dinero pero cubiertos con señalamientos de corruptos, transas y abusivos por todo el daño que le han provocado a la ciudadanía con sus reformas e iniciativas que votaron siempre para favorecer al peor gobernador de Morelos, Graco Luis Ramírez Garrido Abreu, sin importarles dejar endeudado al Estado y con una serie de conflictos severos. Sin embargo, los legisladores, la mayoría de los 30 tendrán que rendir cuentas ante las instancias federales y estatales si es que así lo deciden sus sucesores en el Congreso porque el daño al erario es verdaderamente grave.
Incluso, tendrán que ser denunciados penalmente en su momento aquellos funcionarios municipales que amparados por el poder que tienen, decidieron entregar documentación falsa a personas que dizque trabajaron en Ayuntamientos como el de Puente de Ixtla, perredista, y en el cual, quien tiene y tuvo el control político, económico y social fue Julio Espín Navarrete, quien fue alcalde. Es no es raro que mucha gente cercana a él e incluso familiares pudieron haber sido beneficiados con las jubilaciones doradas y para poder cobrar, les extendieron documentos oficiales que difícilmente podrán comprobar cuando tengan que entregar su talón de cheques, los nombramientos que tuvieron y la forma en cómo demostrar que estuvieron laborando durante años como fantasmas porque nadie los conoce.
La ley en este sentido es muy clara, al precisar que los delitos configurados dentro del epígrafe de las falsedades documentales, se configuran en el Código Penal en los artículos 390, pero además, la falsificación de documentos públicos oficiales y mercantiles, ya que los ejemplos dados para su identificación no se diferencian ni por su contenido, ni por su forma o solemnidades de los públicos. Por lo tanto, podrían ser los que cursan entre sí los organismos públicos, o que de ellos parten con destino a los particulares. Es decir, se tipifican en los artículos 390 a 394 de la siguiente forma:
Art. 390: Será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad:
1.º Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.
2.º Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.
3.º Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.
4.º Faltando a la verdad en la narración de los hechos.
2. Será castigado con las mismas penas a las señaladas en el apartado anterior el responsable de cualquier confesión religiosa que incurra en alguna de las conductas descritas en los números anteriores, respecto de actos y documentos que puedan producir efecto en el estado de las personas o en el orden civil.
La alteración del documento o algún elemento. La acción puede llevarse a cabo de cualquier manera y recaer sobre elementos esenciales (fecha, lugar, comparecientes, plazos, prestaciones de las partes, firma).
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