La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las sentencias del Tribunal Electoral de Morelos (TEEM) y confirmó la asignación de regidurías realizadas en diez municipios por el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac).
La Sala Regional consideró que el tribunal local realizó una incorrecta interpretación de la norma para determinar los límites de sobre y subrrepresentación en la asignación de regidurías, al no considerarse a quienes obtuvieron cargos de mayoría relativa.
Y es que en sus recientes resoluciones, el TEEM en todos los asuntos relacionados con integración de los Cabildos, adoptó como criterio la exclusión de las alcaldías y sindicaturas para realizar la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.
Pero el tribunal federal consideró que para efectos en la asignación de regidurías, debe apegarse a las directrices establecidas para la integración de la legislatura estatal que giran en torno al órgano en su totalidad, sin excluir aquellas de asignación por el principio de mayoría relativa.
Bajo este criterio revocó las sentencias dictadas por el TEEM y conformó la asignación original que realizó el Impepac para la integración de los Cabildos de Tetela del Volcán, Emiliano Zapata, Tepalcingo, Miacatlán, Ayala, Huitizilac, Zacatepec, Atlatlahuacan y Yautepec.
En el caso de Axochiapan, ordenó al Impepac realizar una nueva asignación de regidurías bajo el principio de paridad de género como una acción afirmativa, pues inicialmente el Cabildo (que entrará en funciones el 1 de enero de 2019) fue integrado por cuatro hombres y una mujer.