Sin embargo, en abril de 2015 la Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad, una reforma al artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), la cual prohibió a los patrones obligar a sus empleados a firmar documentos en blanco, o cualquier otro medio que implique renuncia de derechos o imponga obligaciones al trabajador.
En su momento, la iniciativa fue presentada porque la anterior LFT omitía las renuncias en blanco, perjudicando así a los trabajadores "que, careciendo de todo medio probatorio para acreditar la simulación de una renuncia que contiene firmas auténticas, desisten de hacer valer sus derechos fundamentales por vía jurisdiccional en vista de las dificultades técnicas y legales que ello implicaría".
Pero para las autoridades de Tepalcingo, municipio ubicado al Oriente de Morelos, no se trata de algo grave. De hecho, la servidora pública explicó que ningún trabajador fue obligado a firmar esa hoja.
"Existe una hoja en blanco porque se brinda la oportunidad a los trabajadores para que muestren resultados, y si no los dan, se despedirán; por lo tanto, la hoja en blanco es para redactar su renuncia y no sean procedentes sus demandas para que no generen laudos millonarios", expuso Lucero Pacheco, frente al micrófono.
Ante los reclamos y la indignación que provocaron sus palabras entre quienes asistieron a la sesión de Cabildo, el presidente Alfredo Sánchez Vélez tomó la palabra. Aún así, lejos de aclarar o desmentir lo ocurrido con fundamentos legales, el Edil básicamente dijo que los empleados que firmaron esa hoja, deberían sentirse agradecidos por tener un trabajo:
"Si queremos entrar y tenemos la fortuna, deberíamos estar agradecidos porque ya tuvimos empleo durante ese tiempo. Cuánta y cuánta gente hay que no tiene empleo, que quisiera la oportunidad de medio año sin reclamar nada a cambio... Por eso se está haciendo esto y se está invitando, no se está obligando: el que no quiera, no hay problema".
De acuerdo a los comentarios de los asistentes, el que las autoridades dijeran que no se obligó a nadie a firmar el documento vacío no es un argumento válido, pues el hecho de que esa firma fuera una condicionante para obtener el empleo, ya constituye un agravio a los derechos de los trabajadores.
Prohibido demandar
Casi al término de su participación, Sánchez Vélez agregó que al momento de hacer las contrataciones del personal que entró a laborar junto con él, se acordó que ningún trabajador demandaría al Ayuntamiento al concluir el trienio 2016-2018.
"Y sabemos, porque así nos comprometimos los que entramos a trabajar, que saliendo de nuestro tiempo nadie va a demandar, es un compromiso que hicimos, y si no se respeta, pues ya veríamos... Pero así está la situación", dijo.
Momentos antes, la Oficial Mayor aclaró que los contratos firmados tienen una duración de seis meses, plazo en el que se evaluará el desempeño del personal y, en los casos en que las autoridades consideren que los resultados no son óptimos, se concretará el respectivo despido.
La sanción
Además de la reforma a la LFT, el Código Penal Federal de México también asienta, en su artículo 244, sanciones que van de seis meses a ocho años de prisión, y de 180 a 360 días multa (o una mitad más, tratándose de servidores públicos), a quien aproveche "indebidamente una firma o rúbrica en blanco ajena para extender una obligación, liberación o cualquier otro documento que pueda comprometer los bienes, la honra, la persona o la reputación de otro, o causar un perjuicio a la sociedad, al Estado o a un tercero".