El criterio del pleno del Primer Circuito en Materia Penal, que discutirá el tema este martes, aplicará para quienes ya no tienen recursos legales para impugnar sus condenas. Foto: Archivo
El criterio del pleno del Primer Circuito en Materia Penal, que discutirá el tema este martes, aplicará para quienes ya no tienen recursos legales para impugnar sus condenas. Foto: Archivo
El criterio del pleno del Primer Circuito en Materia Penal, que discutirá el tema este martes, aplicará para quienes ya no tienen recursos legales para impugnar sus condenas. Foto: Archivo
Cd. de México (12 junio 2016).- Miles de delincuentes sentenciados en la Ciudad de México no descartan reducir sus condenas.
Nueve Magistrados federales decidirán el próximo martes si una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia puede aplicarse para beneficiar a reos ya sentenciados en todas las instancias.
En la jurisprudencia, emitida en marzo de 2014, se declaró inconstitucional el uso de los estudios de personalidad a la hora de individualizar las penas, es decir, cuando el juez decide los años de cárcel para el acusado culpable.
Ese año, la Primera Sala de la Corte sostuvo que el nuevo modelo de reinserción social previsto en la Constitución ya no permite hablar de "delincuentes" ni de "desadaptados", por lo que no deben tomarse en cuenta estudios de personalidad ni antecedentes penales.
"Ninguna persona puede ser castigada por quién es, sino solo por las conductas delictivas que comprobadamente comete, por lo que la personalidad se vuelve un criterio irrelevante, pues los dictámenes que la analizan, o pretenden analizarla, sólo sirven para estigmatizar a la persona", sostuvo la Corte.
A partir de entonces, decenas de presos han promovido "incidentes" ante los jueces que los condenaron. Alegan que tienen derecho a una reducción de la pena, pues fueron tomados en cuenta en sus sentencias estudios de personalidad.
Al cierre de 2015, había 28 mil 872 reos en cárceles de la Ciudad de México condenados por delitos del fuero común, pero esa cifra incluye a los que tienen pendientes apelaciones o amparos, casos en los que está claro que sí pueden aprovechar la jurisprudencia de la Corte.
El criterio del pleno del Primer Circuito en Materia Penal, que discutirá el tema este martes, aplicará para quienes ya no tienen recursos legales para impugnar sus condenas.
Hasta ahora, tres tribunales colegiados han sostenido que la jurisprudencia de la Corte no beneficia a quienes ya fueron condenados en todas las instancias. Pero uno afirmó que sí, por lo que la contradicción será resuelta por el pleno de nueve Magistrados.
El Magistrado Fermín Rivera presentó un proyecto que declara que el criterio de la Corte no aplica cuando ya hay sentencia definitiva, pues se atentaría contra los principios de "cosa juzgada" y "seguridad jurídica".
Sin embargo, se requieren cinco votos para aprobar esta tesis.
El Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal fue el que consideró que se puede aplicar la jurisprudencia de la Corte en casos cerrados.
En abril de 2014, este tribunal amparó a Alejandro Ramírez Espinoza y una mujer cuyo nombre se desconoce, condenados a 18 años de cárcel por un secuestro cometido en 2004.
Su pena fue reducida a 15 años y 9 meses de prisión una vez eliminados los estudios de personalidad. Es decir: quedó casi en el mínimo de 15 años.