-Al permitir que a la fundación que aún coordina se le hayan asignado 10 mdp en el paquete financiero 2019
-De acuerdo a lo que señala la Ley Estatal de Responsabilidad de Servidores Públicos
De acuerdo a la Ley Estatal de Responsabilidad de Servidores Públicos, la parlamentaria Tania Valentina Rodríguez Ruiz estaría inmersa en un conflicto de intereses, al permitir que a la fundación que aún coordina (según documentos oficiales) se le hayan asignado 10 millones de pesos, en el paquete financiero 2019. Ésta es: “Unidos Vamos por Morelos AC”.
El precepto tercero, fracción VII, expresa: “Conflicto de Interés, a la posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los Servidores Públicos debido a intereses personales, familiares o de negocios”.
En ese sentido, el artículo seis, fracciones IX y X, del mismo ordenamiento, expone: “Evitar y dar cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto con el desempeño responsable y objetivo de sus facultades y obligaciones”, y: “Abstenerse de realizar cualquier trato o promesa privada que comprometa a los Entes Públicos del estado de Morelos”.
Por su parte, el artículo 276 del Código Penal para el Estado de Morelos, que podría adjudicársele a esta diputada petista (según la Coordinadora Morelense de Movimientos Ciudadanos), dice: “Comete el delito de ejercicio abusivo de funciones, el servidor público que: I. En el desempeño de su empleo, cargo o comisión, indebidamente otorgue por sí o por interpósita persona (por encargo, según la RAE), contratos, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones, efectúe compras o ventas o realice cualquier acto jurídico que produzca beneficios económicos al propio servidor público, a su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad o por afinidad hasta el cuarto grado, concubina o concubinario, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte; II. Valiéndose de la información que posea por razón de su empleo o comisión, sea o no materia de sus funciones, y que no sea del conocimiento público, realice por sí, o por interpósita persona, inversiones, enajenaciones o adquisiciones, o cualquier otro acto que le produzca algún beneficio económico indebido al servidor público o a alguna de las personas mencionadas en la primera fracción de este artículo”.
No obstante, antes de la sesión de Diputación Permanente de este viernes, Tania Valentina negó presidir tal sociedad civil.