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Autoriza juez posesión y consumo de cocaína

Por considerar que no supone un riesgo importante para la salud, juez otorgó amparos para que Cofepris autorice posesión y uso de cocaína.

Un juez de la Ciudad de México otorgó dos amparos que ordenan a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) autorizar la posesión, transporte, empleo y uso de cocaína, excluyendo todo acto de comercio.

Los amparos fueron concedidos a dos integrantes de la organización México Unido Contra la Delincuencia.

"El consumo de cocaína en personas adultas no supone un riesgo importante para salud, salvo en el caso de que se utilice de forma crónica y excesiva", consideró Víctor Luna Escobedo, Juez Décimo Cuarto de Distrito en Materia Administrativa.

Para el juez, este consumo moderado es de hasta medio gramo diario, debe ser en espacios privados, sin presencia de menores de edad, sin que se pueda llevar al trabajo, conducir vehículos, incitar a terceros o manejar instrumentos o maquinas peligrosas.

"La ingesta o el consumo de cocaína puede tener distintas finalidades, entre las que se incluyen el alivio de la tensión, la intensificación de las percepciones o el deseo de nuevas experiencias personales y espirituales", señaló la sentencia del amparo 1205/2018, notificada el pasado 20 de mayo.

Luna se basó en las partes "positivas" de un informe rendido en diciembre por la Comisión Nacional contra las Adicciones que, al referirse a los efectos del consumo de cocaína en dosis bajas, enlistó:

"Mejoría del estado de ánimo, aumento de energía y reducción de la fatiga, mayor rendimiento muscular, disminución del apetito, deseo de hablar, aumento del deseo sexual, aumento transitorio de la autoestima, enojo y agresión verbal, incremento de la presión arterial, aumento de la frecuencia cardiaca".

Es el primer fallo de este tipo relacionado con una droga distinta de la mariguana, pero el juez usó exactamente los mismos argumentos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha esgrimido desde 2015 para conceder amparos que permiten el consumo lúdico de la cannabis.

La Conadic también detalló los efectos del consumo de dosis excesivas y del consumo crónico de cocaína, pero el juez los dejó de lado, pues sostuvo que no todo consumidor es un farmacodependiente.

"El consumo moderado de cocaína puede no generar adicción", agregó al declarar inconstitucional la prohibición absoluta para esta droga, prevista en la Ley General de Salud, por considerarla una medida desproporcionada e innecesaria para proteger la salud y el orden público.

La sentencia de Luna no surtirá efectos mientras es revisada por un tribunal colegiado de circuito, que podría solicitar la intervención de la Primera Sala de la Corte para que aclare si sus criterios sobre la mariguana —a la que puso en el mismo plano que el alcohol o el tabaco— son aplicables a otras drogas.

Ámbito: 
Nacional
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