Hasta 36 horas en los separos se les aplicaría de acuerdo al Bando de Policía y Buen Gobierno: Romero
Primero se tendrá que haber agotado el diálogo y la disuasión respetuosa por parte de los policías
En Cuernavaca no habrá ley seca ni toque de queda durante la fase 3 del covid-19, sin embargo, el secretario general, Erick Santiago Romero, anunció que “con pleno respeto a sus derechos humanos”, toda aquella persona que ande en la calle sin hacer ninguna actividad esencial podría ser arrestado administrativamente hasta por 36 horas, de acuerdo a lo que marca el Bando de Policía y Buen Gobierno de la comuna.
Ante ello, Erick González, puntualizó que las detenciones administrativas se darán “siempre y cuando se violente el artículo 128 y sus fracciones”, aunque para que esto suceda, aclaró, se tendrá que haber agotado el diálogo y la disuasión respetuosa por parte de los elementos policiacos, ello, derivado de la negativa de forma contundente de algunas personas en acatar las disposiciones sanitarias para evitar contagios masivos por la pandemia del covid-19.
Asimismo, destacó que durante el mandato del alcalde Antonio Villalobos Adán, siempre ha sido respetuoso de los derechos humanos aunque en esta ocasión, derivado de la emergencia sanitaria por la pandemia, han tenido que actuar para hacer cumplir el Artículo 128 del Bando de Policía y Buen Gobierno.
Sobre todo, al referir que en su artículo 133 describe que las infracciones descrita podrán ser sancionadas con apercibimiento, multa e incluso, llegando al arresto por hasta por 36 horas o trabajo a favor de la comunidad.
Durante la conferencia de prensa realizada al interior del ex Hotel Papagayo hoy sede del palacio municipal, explicó que pugnarán por intensificar el diálogo, sin embargo, refirió que el ordenamiento en su fracción segunda: refiere: “Dañar o hacer mal uso de las obras que prestan un servicio público e infringir las normas administrativas emitidas por el Ayuntamiento”; aunado a la fracción cuarta del artículo 128, que indica: “atentar en contra de la salud pública”; así como el artículo 129, fracción tercera en el que advierte que es una falta punible el “poner en peligro la integridad física, moral o patrimonial de los habitantes del municipio”.
El secretario del Ayuntamiento, puntualizó que esta decisión es parte de los acuerdos del cabildo que activó el Plan de Contingencia Municipal, donde señala que “las personas físicas y morales que no cumplan con las medidas de seguridad sanitaria, serán acreedoras a las sanciones establecidas” en el Bando mencionado.