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REFORMA: Congela la Corte 'Decreto Nahle'

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frenó la política energética del gobierno federal impulsada por la titular de la Secretaría de Energía (Sener), Rocío Nahle.

En la controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), un integrante del Pleno concedió una suspensión provisional para frenar todos los efectos y consecuencias del Acuerdo por el que se emite la Política de Confiablidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional.

El Ministro Luis María Aguilar concedió hoy la suspensión, al admitir a trámite una controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), que alega que el Acuerdo de Sener invade sus atribuciones para regular temas de libre competencia y concurrencia en el sector energético.

“Procede conceder la medida cautelar para el efecto de que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, publicado en el Diario Oficial el 15 de mayo de 2020, hasta en tanto se resuelva el fondo del presente asunto”, resolvió Aguilar.

“Con lo anterior, no se afectan la seguridad y economía nacionales, ni las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano, puesto que la concesión de la suspensión traerá como efecto que se sigan aplicando las disposiciones que prevalecían con anterioridad a la emisión del acuerdo impugnado, de manera que la medida cautelar concilia, por un lado, la situación jurídica, el derecho o el interés de la parte actora y, por otro, el respeto a los principios básicos que rigen la vida política, social o económica del país”, agregó.

Lo anterior, en referencia a la Política de Confiabilidad expedida por la Sener en 2017, que es la que debe seguir aplicando.

Sener puede impugnar la suspensión ante una de las Salas de la Corte, que tomará varias semanas para resolver.

Aguilar dio 30 días hábiles a Sener para que conteste la demanda de Cofece. Mientras tanto, el trámite de la controversia para que el Pleno de la Corte resuelva sobre la legalidad de la Política de Confiabilidad puede tomar más de un año, aunque el Ejecutivo Federal puede solicitar trámite prioritario, que de ser aprobado, reduciría a unos meses el tiempo para que se dicte sentencia de fondo.

La suspensión dictada por el Ministro Aguilar se suma a por lo menos 40 que han sido concedidas por los dos jueces federales especializados en Competencia Económica, como parte de amparos promovidos por empresas generadoras de energías renovables.

Estas suspensiones no serán revisadas por la Corte, sino por tribunales colegiados de circuito, y los amparos que eventualmente pudieran concederse, solo beneficiarían a las empresas, sin anular en su totalidad el Acuerdo.

De ahí que la controversia ante la Corte, que se desahoga en una sola instancia, es una modalidad de litigio que puede resultar más eficiente para aclarar el tema, aunque los argumentos de Cofece y los de las empresas no necesariamente son los mismos.

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Nacional
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