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Aprueban disminuir el tiempo para acreditar concubinatos

La Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación aprobó durante este primer periodo ordinario de sesiones, 43 de 73 iniciativas que se presentaron ayer en la sesión del Pleno, y a iniciativa del diputado Enrique Javier Laffitte Bretón, se consiguieron modificar diversos artículos al Código Familiar para reducir el plazo, de cinco a dos años, el tiempo para acreditar una relación de concubinato y con ello ofrecer más derechos a los interesados.

Lo anterior, luego de que se diera vista a las iniciativas que tienen que ver con establecer una efectiva paridad de género en los procesos de elección de los integrantes de los tribunales Superior de Justicia y de Justicia Administrativa, lo cual se establecería mediante una reforma a la Constitución local.

De igual manera, resolvieron adicionar el delito de Turismo Sexual en el Código Penal en Morelos, lo cual fue propuesto por el diputado Carlos Alfredo Alaniz Romero y por el gobernador, Graco Ramírez Garrido Abreu.

El legislador reconoció "el trabajo de cada uno de sus diputados, además que no tomaron los temas con una visión partidista, con revanchismo político o condicionamientos, sino buscando el beneficio social".

Por lo que se refiere al tema del concubinato, el diputado explicó que se propone reducir en tres artículos del Código Familiar, el plazo de cinco a dos años para que una relación genere concubinato por ley y derechos de seguridad jurídica que tal figura atrae consigo. 

Refirió que el plazo tan largo para conseguir el respaldo jurídico a este hecho, trae como consecuencia un sinfín de aspectos no benéficos para las personas como es el no tener acceso a una pensión por parte de uno de ellos, hasta el desamparo en el derecho sucesorio, incluyendo la negativa de acceso a la seguridad social. 

En Morelos, son innumerables los casos en que las personas quedan en total desprotección al morir su pareja, pues si tenían varios años viviendo unidos, de manera permanente e ininterrumpida, no procrearon hijos, por ende no se actualiza el concubinato y no se generan los derechos que otorga el mismo, como por ejemplo la pensión o el Seguro Social, quedando en el supuesto, injustamente, de que se desconozcan los años que ya habían vivido juntos. 

Cabe señalar, que actualmente 18 estados de la República han modificado sus legislaciones en materia civil o familiar, referentes a esta figura jurídica del concubinato, y han establecido plazos de entre dos y cuatro años para otorgar los derechos y obligaciones correspondientes.

www.oem.com.mx/elsoldecuernavaca/notas/n4226508.htm

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