Desde secretarios de despacho hasta directores generales de organismos
paraestatales, tendrán la obligación de presentar y dar máxima publicidad a su declaración
de bienes patrimoniales y conflictos de intereses, al entrar a partir de este martes en vigor
la reforma a la Ley de Estatal de Responsabilidades de los Servidores
Públicos.
De acuerdo con el decreto publicado este lunes en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, el propósito fundamental de la
reforma y adición a los artículos 27, 78 y 79 de la ley en cuestión, es “establecer la obligación de
hacer pública la declaración de modificación patrimonial hasta el nivel de Director General
o equivalente, con el propósito de que la sociedad morelense verifique si los bienes y el modo
de vida de dichos funcionarios, corresponden a los ingresos que perciben”.
Aunque la iniciativa propuesta por el Poder Ejecutivo inicialmente contemplaba a los altos
funcionarios hasta nivel de subsecretarios, el proyecto aprobado por los legisladores incluyó a
los directores generales de organismos paraestatales y descentralizados, como los fideicomisos
del Lago de Tequesquitengo o Agua Hedionda, debido a que manejan importantes recursos
económicos.
De esta manera, estos servidores públicos de la administración estatal deberán autorizar que
se hagan públicas sus declaraciones fiscales, de intereses y de situación patrimonial, en la versión
pública que establezca la Secretaría de la Contraloría del Poder Ejecutivo estatal, en la cual
se determinarán los datos de los declarantes que podrán hacerse públicos conforme a los principios
de máxima publicidad y transparencia, sin perjuicio de la protección de datos personales
de terceros.
Los servidores públicos obligados que incumplan con estas disposiciones serán acreedores
a una multa de entre ocho y 20 días “de salario mínimo general
vigente en el Estado de Morelos”, equivalente a 584.32 pesos y mil
460.8 pesos.