El gobierno federal alista la publicación de un nuevo código de ética para los trabajadores del gobierno federal, en el que destaca que aun fuera del horario laboral, deberán evitar conductas que puedan dañar la imagen del servicio público, además de que tendrán prohibido tener contacto físico sugestivo, como besarse o abrazarse.
En un anteproyecto de la Secretaría de la Función Púbica () enviado para su análisis a la Comisión de Mejora Regulatoria (Conamer) se señala que si los funcionarios usan redes sociales, no podrán bloquSFPear a ningún usuario.
También se instruye evitar hacer piropos, insinuaciones de carácter sexual, preguntar sobre la vida sexual, espiar a compañeros en sanitarios o preguntar sobre fantasías o preferencias sexuales.
“Las personas servidoras públicas asumirán, por lo menos, los compromisos siguientes: preservar la imagen institucional, conscientes del alto honor y confianza que la sociedad les ha conferido para desempeñar un empleo, cargo o comisión públicos, por lo que estando incluso fuera del horario y espacio laboral, deberán actuar con integridad.
“Considerar que las redes sociales pueden constituir una extensión de las personas en medios electrónicos, por lo que, sin menoscabo de los derechos a la libertad de pensamiento y expresión propios, para su uso institucional, procurarán la imagen de las dependencias y entidades, así como la confianza en el servicio público, al mantener un comportamiento acorde con la ética pública y respetuoso de cualquier persona, sin importar su ideología o posicionamiento.
“En caso de que los servidores públicos decidan destinar sus redes sociales para hacer públicas las actividades relacionadas con su empleo, cargo o comisión, se colocan en un nivel de publicidad y escrutinio distinto al privado, por lo que, además de lo dispuesto en el párrafo anterior, se abstendrán de realizar conductas que restrinjan o bloqueen la publicidad o interacción de la cuenta a personas determinadas”.
En el anteproyecto, que está próximo a publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se detalla que los funcionarios deberán evitar mostrar deliberadamente partes íntimas del cuerpo a una o varias personas.
“Las personas servidoras públicas deberán evitar conductas como realizar señales sexualmente sugerentes con las manos o a través de los movimientos del cuerpo; tener contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual, como tocamientos, abrazos, besos, manoseo, jalones; hacer regalos, dar preferencias indebidas o notoriamente diferentes o manifestar abiertamente o de manera indirecta el interés sexual por una persona.
“Espiar a una persona en su intimidad o mientras ésta se cambia de ropa o está en el sanitario; expresar comentarios, burlas, piropos o bromas hacia otra persona referentes a la apariencia o a la anatomía con connotación sexual, bien sea presenciales o a través de algún medio de comunicación”.
El documento indica que los servidores del gobierno federal tendrán que abstenerse de realizar comentarios, burlas o bromas sugerentes respecto de su vida sexual o de otra persona, bien sea presenciales o a través de algún medio de comunicación.
“Expresar insinuaciones, invitaciones, favores o propuestas a citas o encuentros de carácter sexual; preguntar a una persona sobre historias, fantasías o preferencias sexuales o sobre su vida sexual, y mostrar deliberadamente partes íntimas del cuerpo a una o varias personas”.
Emplear lenguaje inclusivo
La Secretaría de la Función Pública señala que en todas las dependencias del gobierno federal también se deberá impulsar emplear lenguaje incluyente y no sexista en todas las comunicaciones institucionales, escritas o verbales, internas o externas, conforme a las disposiciones vigentes.
“Actuar con perspectiva de género en el desempeño de su empleo, cargo o comisión que establecen la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, así como el Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual Acoso Sexual”.
La dependencia federal señala que los funcionarios del gobierno se tendrán que abstener de llevar a cabo conductas de discriminación por cualquier motivo, como origen (nacionalidad o situación migratoria, origen étnico, color de piel o cultura, lengua o idioma); personalidad (sexo, identidad o expresión de género, características u orientación sexuales); ideología (religión, opinión, identidad o filiación política); condiciones físicas y de salud (apariencia, edad, embarazo, condición de salud, discapacidad, o cualquier característica genética), o condición familiar o socioeconómica.