El presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ); Rubén Jasso Díaz, consideró que la definición y los conceptos que integran el “gasto estatal programable” tendrán que ser especificados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para determinar cuál será el presupuesto que se deberá asignar al Poder Judicial para el 2022 y años subsecuentes, con base en su autonomía financiera.
Señaló que espera que en algunos días la Corte se pronuncie sobre si el Congreso local está en vías de cumplimiento de la controversia 15/2020 resuelta a favor del Poder Judicial, luego de que hace unos días el tribunal constitucional emplazó al presidente de la Mesa Directiva, Francisco Sánchez Zavala, para que acreditara su personalidad jurídica e informara al respecto.
Afirmó que, para que se pueda cumplir debidamente la sentencia, probablemente la SCJN deberá de definir los conceptos que integran el “presupuesto estatal programable”, ya que existen diferencias de criterio entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo para definir el presupuesto que toca a la administración de justicia.
De acuerdo con la reforma y declaratoria constitucional, en vigor desde 2018, el Poder Judicial cuenta con autonomía financiera y le corresponde como presupuesto anual el 4.7% del presupuesto estatal programable, que es aquel que usa el gobierno para proveer bienes y servicios a la población, financiar programas sociales y la operación de las instituciones gubernamentales.
Jasso Díaz resaltó que, si bien el cumplimiento de la sentencia a favor del Poder Judicial está en la cancha del Congreso de Morelos, ha entablado pláticas con representantes del Poder Ejecutivo para estimar a cuánto asciende en pesos el 4.7%, pero existen diferencias de criterios que equivalen a una discrepancia presupuestal de 450 millones.
“Hasta ahora son solamente pláticas, no tienen determinado, para ellos el gasto programable y el 4.7% tienen ellos otro concepto, y nosotros tenemos otra diferencia, así que seguramente la Corte tendrá que decidir este tema “, expresó al señalar que hasta el momento mantiene una buena relación con el gobierno del estado, quien ha suministrado los recursos para la operatividad de la administración de justicia.
A finales de noviembre de 2021, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró fundada la controversia constitucional 15/2020, que promovieron conjuntamente el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) –representante del Poder Judicial- y el Tribunal Unitario de Justicia para Adolescentes (TUJA), en la que impugnaron la “alteración” del proyecto presentado al Poder Ejecutivo y autorizado por el Congreso local para el 2021, y exigieron la asignación del 4.7% del presupuesto estatal programable, conforme a la autonomía financiera que le fue otorgada constitucionalmente al Poder Judicial.
La Sala concedió la razón a los tribunales inconformes y declaró “la invalidez del oficio GOG/087/2020 (en el que se modificó el presupuesto solicitado), de 30 de septiembre de 2020, y de los artículos décimo sexto (en la parte que asigna el presupuesto total al Poder Judicial del Estado de Morelos) y décimo octavo, párrafos primero y segundo, así como el anexo 2, del decreto número 1105 por el que se aprueba el Presupuesto de Egresos del Gobierno del estado de Morelos para el ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021”.
A partir de la notificación de los resolutivos, el tribunal constitucional dio diez días hábiles –cuyo plazo feneció hace unos días- al Congreso de Morelos para dar cumplimiento “sin dilación” a la sentencia, por lo que en los próximos días la SCJN deberá pronunciarse sobre si se está o no en vías de cumplimiento de la sentencia.