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Tribunal Colegiado ampara a ex magistrada para que se le otorgue pensión vitalicia

El Poder Judicial de la Federación
asestó un nuevo golpe al
Congreso de Morelos, luego
de que un tribunal colegiado concedió
la protección de la justicia federal
a la exmagistrada del Tribunal
Superior de Justicia (TSJ) Virginia
Popoca González, para que pueda
obtener una pensión vitalicia y
contra la reforma legislativa que fijó
el tope del haber de retiro para los
magistrados del Poder Judicial.
Por unanimidad, los magistrados
del Primer Tribunal Colegiado en
Materias Penal y Administrativa del
Décimo Octavo Circuito, Alejandro
Roldán Velázquez, Ana Luisa Mendoza
Vázquez y Guillermo del Castillo
Vélez, concedieron el amparo a
la exmagistrada.
En un primer momento un juez de
distrito resolvió sobreseer y negar el
amparo, pero en el juicio de revisión
administrativa 257/2016 no sólo fue
revocado el primer fallo, sino que el
tribunal colegiado determinó conceder
la razón a la quejosa.
Popoca González argumentó que
al momento de ser designada magistrada
en mayo de 2000, la ley
contemplaba que los magistrados
podían, al momento de concluir su
encargo, acceder a una pensión vitalicia,
y si bien en el momento en
que cumplió el periodo de 14 años
en el encargo se había fijado un
haber por retiro, éste no había sido
reglamentado por el Congreso.
En su resolución, el tribunal colegiado
destacó que el Congreso
fue omiso en su obligación de reglamentar
el haber de retiro, pues
no sólo excedió el plazo de 60 días
fijado en los artículos transitorios
de la reforma constitucional del 16
de julio de 2008 para concretar la
regulación, sino fue casi siete años
después, es decir, hasta el 22 de
abril de 2015, cuando se publicó la
reforma a la Ley Orgánica del Poder
Judicial, para establecer que
los magistrados tendrían derecho
a un haber de retiro de tres meses
de salario adicionados con un mes
por cada dos años de ejercicio de la
magistratura.
Consideró que la omisión legislativa
es violatoria de los derechos humanos
de Popoca González, ya que
al momento de concluir su encargo
en mayo de 2014, existía una laguna
jurídica y “siendo la única norma
existente, las disposiciones constitucionales
de la reforma del 16 de
julio del 2008, en la que se disponía
expresamente que los magistrados
numerarios que hubieren prestado
sus servicios por más de 15 años
tendrían derecho al haber de retiro
o a una pensión; por lo que, se
concluye que a partir de esa fecha
ya había entrado o adquirido el derecho
a optar por el haber de retiro
o la pensión”.
Otros de los argumentos expuestos
por la quejosa y considerados
por el órgano federal, es que el 15
de octubre de 2008 se publicó el
decreto 938 en el Periódico Oficial
“Tierra y Libertad”, en el que se estableció
la pensión vitalicia por retiro
voluntario de los magistrados
del TSJ, calculada conforme a todos
los emolumentos que percibía un
magistrado en activo.
Los principales beneficiarios de
este decreto fueron los otrora magistrados
Leticia Robles Santoyo,
Jesús Guadalupe Dávila Hernández,
Ramón García Jácome, Juan
Manuel Díaz Popoca y Samuel
Sotelo Salgado, quien fue recientemente
nombrado secretario del
Ayuntamiento de Cuernavaca.
Además, previo a la terminación de
su encargo, Popoca González solicitó
al Congreso obtener los beneficios
de la pensión vitalicia, sin que
su petición fuera atendida, violando
así su derecho a la igualdad jurídica.
Por tal razón, el tribunal colegiado
determinó conceder el amparo a la
exmagistrada y ordenó el otorgamiento
de la pensión vitalicia, en
términos del decreto 938.
Los actuales magistrados del TSJ
también promovieron amparos
contra la reforma legislativa que fijó
un tope al haber de retiro, pero todavía
se encuentran en curso en los
juzgados y tribunales federales.

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