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Desafuero contra Cuauhtémoc Blanco va lento

Óscar Cano Mondragón confirmó que los expedientes no han sido notificadas hasta el momento al Junta Política y de Gobierno del Congreso

Se encuentra estancando el proceso de notificación de las tres causas de formación (juicio de desafuero) que la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción (FECC) presentó en contra del gobernador, Cuauhtémoc Blanco ante la Cámara de Diputados.

Óscar Cano Mondragón, coordinador de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN) y secretario de la Junta Política y de Gobierno del Congreso, confirmó a El Sol de Cuernavaca que los expedientes no han sido notificadas hasta el momento a la Junta Política y de Gobierno.

 

En la sesión de pleno del pasado 20 de abril, las tres causas de formación fueron turnadas de la Secretaría de Servicios Legislativos a la Junta Política y de Gobierno.

“Lo único que te puedo decir es que en lo personal no hemos recibido la notificación de los juicios de procedencia (vs el gobernador, Cuauhtémoc Blanco)”, aseguró el diputado panista.

Reiteró lo que es sabido, que por norma legislativa el pleno debe turnar los expedientes a la Junta Política y de Gobierno, pero al no estar en funcionamiento la notificación se ha retrasado.

Por ello es que el legislador insistió en “regularizar” el funcionamiento del órgano político del Congreso y las comisiones legislativas “a la brevedad”.

Durante la entrevista negó que en su calidad de secretario de la Junta Política pudiera convocar a sesión del órgano para recibir los expedientes del juicio de desafuero contra el gobernador.

De acuerdo con el artículo 25 de la Ley de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, corresponde a la Junta Política y de Gobierno calificar la procedencia de la solicitud presentada por la Fiscalía Anticorrupción.

Esto significa que debe verificarse si el denunciante cumple con los requisitos establecidos; si el denunciado es considerado como sujeto de formación de causa con base en el artículo 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, y si las pruebas aportadas tienen relación con los hechos denunciados.

Si la denuncia no reúne los requisitos antes previstos, la Junta Política y de Gobierno dentro del término de 30 días hábiles contados a partir de su recepción, emitirá dictamen fundado y motivado mediante el cual declara la improcedencia.

Por el contrario, si la denuncia reúne los requisitos señalados, emitirá en el mismo término, dictamen fundado y motivado en el que declara que la solicitud amerita la incoación del procedimiento, previa votación de las fuerzas políticas representadas en la Junta Política y de Gobierno.

Para la aprobación del dictamen se requieren las dos terceras partes de votos a favor, (14 votos o 13 si la LV legislatura permaneciera solo con 19 integrantes para ese momento).

 

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