La conmemoración del Día de las Madres se da en un contexto en el que no todas las mujeres mexicanas tienen acceso a los mismos derechos ni a las mismas condiciones de desarrollo. Un ejemplo de ello es el de las jefas de familia que se dedican a ser trabajadoras del hogar remuneradas y no cuentan con la cobertura básica de seguro social ni prestaciones para atender sus necesidades, pese a que su afiliación es obligatoria de acuerdo con las reformas aprobadas por la Cámara alta.
Hasta hace poco, las personas trabajadoras del hogar eran discriminadas por la ley al no considerar su cobertura en el sistema de salud; sin embargo, tras el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2018, se determinó inconstitucional excluir a este sector del régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y en 2019 se creó el Programa Piloto dirigido a este gremio.
El programa da acceso a cinco seguros: de Enfermedades y Maternidad, Riesgos de Trabajo, Invalidez y Vida, de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, Guarderías y Prestaciones Sociales.
No obstante, a febrero de 2022, se encontraban afiliadas al Seguro Social 43 mil 823 de estas personas, que representan poco más del 1.8 por ciento de las dos millones 336 mil 518 que se dedican a esta profesión en México, según el estudio “Actualidad del trabajo doméstico remunerado en México” del Instituto Belisario Domínguez.
Aunque esta iniciativa y otras determinaciones jurídicas significan un avance en el reconocimiento de los derechos laborales, para Makieze Medina, coordinadora de género y trabajo del Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir (ILSB), aún hay un largo trecho por recorrer para que el Estado garantice la protección de todas las personas que se dedican al trabajo del hogar remunerado, particularmente para las mujeres.
“Vemos como un avance muy importante que, además de la implementación del Programa Piloto, se hayan hecho reformas jurídicas relevantes con las que se incorporaron a la Ley General del Trabajo, explícitamente, todos los derechos laborales para las trabajadoras del hogar. Igualmente se reformó la Ley del IMSS en la cual se establece el régimen obligatorio para las personas del hogar”, detalla.
Si bien estas reformas ocurrieron en 2019, fue hasta marzo de este año que el Senado de la República las aprobó y las remitió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
Es por ello que, aunado al trabajo legislativo y jurídico, la especialista expresa que en donde más se requiere fortalecer las acciones es en el tema de políticas públicas y de difusión, concientización y campañas, tanto para las personas empleadoras como para las trabajadoras del hogar y la sociedad civil; además de otras políticas como incentivos fiscales, de acompañamiento, monitoreo, fiscalización e inspección
“Incentivos para que las personas empleadoras reconozcan que el registro también tiene un impacto positivo para ellas. Que sepan que no solo ellas pagan, sino que esta contribución es tripartita: una parte la paga el Estado, otra parte la pone la persona empleadora y otra parte la trabajadora del hogar”, menciona.
Trabajadoras del hogar y salud reproductiva
Cifras de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), revelan que durante los primeros trimestres de 2020 y de 2021 se registró que nueve de cada diez personas trabajadoras del hogar son mujeres.
En este sentido, la especialista detalla que del total, de acuerdo con su rango promedio de edad, 86 por ciento está en edad reproductiva, “lo que implica que, contando con las estadísticas, el 77 por ciento tiene entre uno y cinco hijos”.
“Requieren mejores condiciones en su trabajo, salarios dignos y justos, prestaciones sociales, que cuando estén embarazadas puedan contar con acceso a los servicios médicos, con todos los permisos garantizados para asistir a sus consultas así como sus periodos de lactancia”.
Añade que, ante la ausencia de centros de atención o estancias infantiles por parte del Estado, las mujeres deben recurrir a otras redes de cuidado que se integran comúnmente por otras mujeres como madres, abuelas, tías, hermanas mayores, hijas, vecinas o amigas
“Toda esta red informal de mujeres que entran en apoyo, es por la que, de una manera no mal intencionada, seguimos precarizando las relaciones de cuidado, porque el cuidado es un trabajo que requiere tiempo, la misma energía, desgaste físico, mental y emocional que cualquier otro trabajo.
“Muchas veces, si se le delega a una persona adulta mayor o a una persona que ya no está en condiciones de cuidar, habría que ver la parte de desprotección del niño o de la niña”, agrega.
Es así que en el estudio “Promesas sin cumplir: derechos reproductivos y laborales de las trabajadoras del hogar en México 2021” elaborado por el ILSB y el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), se hizo un entrecruzamiento de la salud reproductiva, los derechos laborales y la seguridad social.
“En México, debido a las precarias condiciones laborales que enfrentan, así como a la ausencia de prestaciones de seguridad social, los derechos reproductivos de las trabajadoras del hogar se ven con frecuencia vulnerados”
“La carencia de seguridad social, en particular, implica que las trabajadoras del hogar tienen que recurrir a hospitales y establecimientos que se caracterizan por la falta de infraestructura y de los recursos presupuestales, materiales y humanos necesarios para brindar una atención médica de calidad. Por otra parte, al ser su centro de trabajo un espacio privado, se facilita la proliferación de la violencia sexual”, refiere el informe.