El Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado Morelos ordenó a la escuela primaria “Braulio Rodríguez” establecer protocolos para la prevención, detección y actuación en caso de maltrato y acoso escolar, así como tomar las medidas necesarias para proteger la integridad física, psicológica y moral de una menor, quien en junio de 2018 sufrió fractura de nariz luego de que un compañero le aventó un libro en la cara y las autoridades del plantel fueron omisas en atender el hecho.
Al resolver el juicio de amparo 1207/2019, promovido por el abuelo de la menor, se determinó que hubo responsabilidad y una cadena de omisiones de parte del personal educativo, no solo porque en el momento de los hechos no había un docente presente en el salón de clases sino porque no se implementaron políticas y técnicas necesarias para atender de manera adecuada la violencia escolar que sufrió la niña -que entonces cursaba el quinto grado de primaria- ni se le dio seguimiento adecuado al caso.
Con base en las pruebas que obran en el expediente, el juez federal, José Leovigildo Martínez Hidalgo, analizó el caso desde la perspecti- va del derecho a la educación, basado en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva, priorizando el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos y libres de violencia.
En su sentencia, advirtió que las autoridades educativas responsables fueron omisas en observar los protocolos para la prevención, detección y actuación en caso de maltrato y acoso escolar; y que tampoco tomaron las medidas necesarias para proteger la integridad física, psicológica y moral de la menor, pues no existió constancia documental que probara que siguieron el procedimiento para restituirla en el pleno goce de sus derechos cuando fue alumna.
De acuerdo con los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), relativos al alcance de la protección de los menores en los procesos, así como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PDESC) y la Convención sobre Derechos del Niño, concedió la protección de la justicia federal a la menor y ordenó a las autoridades educativas responsables instrumentar las medidas necesarias para la protección de la integridad física, psicológica y moral de la menor.
También las instruyó a realizar los actos materiales necesarios para brindar asesoría personalizada a la familia para acceder a los beneficios de la póliza de se guro institucional con el que se cuenta para atender eventos como el suscitado.
Además de valorar el grado de afectación y la situación económica de la víctima, debiendo determinar los gastos devengados por la familia en la atención de la niña; e implementar acciones de prevención, capacitación y sensibilización dirigidas a la comunidad educativa en el tema de violencia escolar.
El juzgador señaló que, si bien los hechos ocurrieron hace cinco años y por obviedad la menor ya no estudia en la primaria “Braulio Rodríguez”, esto no es motivo para no atender la sentencia y reparar el daño causado a la hoy adolescente.
“Sin embargo, el hecho de que la menor pudiera no encontrarse actualmente cursando la educación primaria en el centro escolar donde sucedieron los hechos y que lo más probable es que se encuentre cursando un nivel o grado de educación distinto (secundaria o preparatoria) en un plantel educativo del sector público o privado o que no esté incorporado al Instituto de Educación Básica del Estado de Morelos; ello no es impedimento para que las autoridades responsables den cumplimiento a la ejecutoria de amparo
que nos ocupa, pues aún en cualquiera de esos supuestos, cuentan con la información necesaria tanto de la menor como de sus progenitores para dar cumplimiento a la ejecutoria que nos ocupa”, recalcó.
Esta sentencia es un precedente, que advierte a las autoridades educativas y personal directivo y docente de los centros educativos sobre la importancia de aplicar el Protocolo para la Prevención de Acoso Escolar del Instituto de Educación Básica del Estado de Morelos para garantizar un ambiente libre de violencia.