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LA UNIÓN DE MORELOS: El G 15 violó la Constitución

La Corte invalida diversas partidas impugnadas en las leyes de Ingresos y Egresos del ejercicio fiscal 2023, entre ellas la distribución inequitativa de recursos a los ayuntamientos en los fondos de Infraestructura Regional Municipal y de Fomento Municipal.

El Poder Ejecutivo de Morelos ganó la controversia constitucional, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas partidas impugnadas en las leyes de Ingresos y Egresos del ejercicio fiscal 2023, entre ellas la distribución inequitativa de recursos a los ayuntamientos en los fondos de Infraestructura Regional Municipal y de Fomento Municipal.  

Al resolver la controversia constitucional 276/2022 promovida por el Poder Ejecutivo, por mayoría de seis votos el Pleno de la SCJN determinó la invalidez de diversas disposiciones del presupuesto de ingresos y egresos aprobado por el Congreso de Morelos en octubre de 2022,  por vicios en el proceso legislativo y violaciones a diversas normas constitucionales.

De acuerdo con el ministro instructor Alfredo Gutiérrez Ortiz, las violaciones al proceso legislativo fueron suficientes para invalidar las disposiciones presupuestales impugnadas, ya que afectó el principio de democracia deliberativa al no dar oportunidad a la totalidad de las y los legisladores de conocer el contenido de los dictámenes previo al desahogo de la sesión plenaria, porque los documentos no se publicaron ni circularon con anterioridad sino que se introdujeron en la misma sesión al momento de proponerse la dispensa del trámite legislativo y  en la sesión solo se dio una versión  sintetizada de las iniciativas de las leyes de ingresos y egresos.

Indicó que tampoco hubo una justificación ni motivación de la dispensa de los trámites legislativos, pues si bien el Poder Legislativo argumentó que la Constitución local exige la aprobación del paquete fiscal a más tardar el 15 de diciembre de cada año, “la existencia de un plazo no sustituye la motivación necesaria para la aprobación de una dispensa legislativa y si bien la premura del plazo podría ser un factor a considerar, lo cierto es que el Congreso contaba con tiempo suficiente para cumplirlo para permitir a todas y todos los legisladores imponerse del contenido de los dictámenes”.

Recalcó que “los vicios procedimentales” en los que incurrió el Congreso de Morelos “se agravan si se considera que el presupuesto de egresos se discutió y aprobó en apenas cuatro minutos, y la ley de ingresos en dos, dando como resultado una evidente votación apresurada”.

En su intervención a favor del proyecto de sentencia, el ministro Javier Laynez Potisek, destacó que en la distribución de los recursos previstos en los fondos de Infraestructura Regional Municipal y de Fomento Municipal hubo una evidente exclusión de los ayuntamientos, al no haberse fijado parámetros para que los municipios pudiesen acceder a esos recursos.

“Me parece que en el fondo sí son fundados los agravios y que en dos de los fondos excluyeron sin absolutamente ninguna razón y se otorgaron estos fondos a 21 de 36 municipios en el primer caso, y el segundo fondo excluyeron a 18 municipios de 36.

“Existe la total libertad configurativa de la legislatura para crear los fondos de participaciones con fondos locales a que tiene, digamos, la atribución de crear. Me parece a mí que tiene la libertad de establecer los requisitos que considere necesarios para que los municipios accedan (a los recursos) pero estos tienen que estar establecidos de manera general, para que aquellos que cumplan con los requisitos puedan acceder.

“En el caso concreto, las exclusiones son totalmente absolutas y tajantes sin absolutamente sin ninguna motivación respecto de porque se excluye a 21 municipios en un caso y a 18 de estas participaciones locales”, dijo al apoyar la invalidez propuesta en el proyecto de resolución.

Se espera que en breve la SCJN notifique la sentencia, para conocer con precisión sus efectos y consecuencias respecto de estas y otras disposiciones que fueron invalidadas de las leyes de ingresos y egresos de Morelos.  

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