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ESTRATEGIAS

La “orden de aprehensión” contra Evelia Flores

Cuando Evelia Flores Hernández fue designada directora del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de Cuernavaca (SAPAC) se criticó —incluso en esta columna— su escasa experiencia en materia de recursos hidráulicos, pues lo suyo es el derecho penal. Ha acompañado al alcalde José Luis Urióstegui Salgado en casi todos sus cargos y fue directora del Consejo Tutelar para Menores Infractores.

Por eso, cuando el pasado miércoles 22 a las 4:30 de la tarde llegaron dos hombres y una mujer vestidos con el uniforme de la Comisión Estatal de Seguridad Pública y le dijeron que traían una “orden de aprehensión” en su contra, tuvo que hacer un esfuerzo para no reírse.

Cualquier persona con regular preparación académica sabe que las órdenes de aprehensión las ejecuta la Policía Ministerial, ya sea federal o estatal, y que los policías preventivos carecen de facultades para detener a una persona salvo en casos de la comisión de delitos en flagrancia.

Pues los policías insistían en que la maestra en Derecho los tenía que acompañar en la patrulla que ya esperaba abajo estacionada en doble fila para llamar la atención. Así que la servidora pública pidió que le mostraran el documento expedido por el juez que la estaba requiriendo.

Los uniformados nuevamente hicieron “el oso”, pues lo único que sacaron fue un teléfono celular, mismo que le acercaron para que viera en la pantalla un documento en fotografía, donde alcanzaba a verse la palabra “orden de arresto”, y el expediente comenzaba con las iniciales TJA.

Entonces entendió que no se trataba de una orden de aprehensión de las que libran los jueces estatales y federales (y últimamente también los de la Ciudad de México), sino una orden de arresto dentro de un expediente administrativo.

Los arrestos por 12 horas son la máxima medida de apremio que el Código Procesal Civil del Estado de Morelos contempla para obligar a una persona a cumplir una disposición legal. Nada que ver con una orden de aprehensión.

Pero aún así, para su cumplimiento se requiere la presentación de un documento físico, no en una pantalla de teléfono celular.

Ya para ese momento había subido el personal del jurídico y otros directores que estaban decididos a no permitir que se llevaran a su jefa. Los pobres uniformados no sabían qué hacer, pedían instrucciones por teléfono y les decían que en un momento llevarían el documento en físico.

Al poco rato llegó otra patrulla y subieron más elementos uniformados a reforzar a los primeros, llevando en sus manos el preciado documento en el que se mencionaba el arresto, pero ¿qué creen? No llevaban el original sino una copia, y es requisito indispensable para cualquier trámite llevar el original con la firma autógrafa (salvo en los casos en los que ya se reconoce la firma electrónica).

“Yo soy una persona que conoce las leyes, que en mi toma de protesta como abogada juré cumplir las leyes, pero también conozco mis derechos. Hagan bien el procedimiento y con mucho gusto los acompaño”, les dijo a los policías que no supieron qué hacer y mejor se retiraron.

¿Qué ocurrió ahí? ¿De quién fue la idea de tratar de espantar a la funcionaria de SAPAC con una supuesta orden de aprehensión? ¿Será una represalia política por las últimas declaraciones del alcalde José Luis Urióstegui?

Al otro día el presidente del Tribunal de Justicia Administrativa, Guillermo Arroyo Cruz, ofreció una conferencia de prensa (inusual por cierto), en la que dio a conocer que ese órgano jurisdiccional ordenó el arresto de la directora del SAPAC, derivado de un adeudo de 271 mil pesos que tiene con una empresa contratada para darle mantenimiento a unas bombas.

Detalló que se trata de una demanda que inició en 2021 y por la cual se ordenó pagar la cantidad mencionada desde el 17 de agosto de 2022.

“Una sentencia en la que se condenó al Sistema de Agua Potable a pagar a un particular, pesos más, pesos menos, la cantidad de 271 mil pesos, 270 mil más algunas otras prestaciones. Estamos hablando entonces que de agosto a 2022 a la fecha no había sido cumplida está resolución, derivado de eso se vinieron agotando las medidas de apremio que marca la ley”, explicó el ex secretario del Ayuntamiento de Cuernavaca.

No quedó claro si lo que hicieron o intentaron hacer con la directora de SAPAC lo hacen comúnmente en todos los casos.

Recordamos que hace mucho tiempo, cuando era Tribunal de lo Contencioso Administrativo, era común que los alcaldes fueran “arrestados” por incumplir sentencias. Algunos buscaban la protección de la justicia federal, pero otros se ponían de acuerdo con la autoridad, dejaban dicho que ese día no irían a sus oficinas, se ponían ropa cómoda y se iban a cumplir con su arresto de 12 horas en las oficinas de la Secretaría de Seguridad Pública.

Por eso ahora se nos hace raro que pretendan sorprender a una señora de la tercera edad que, afortunadamente, resultó experta en derecho penal y sólo exhibió a los elementos de seguridad pública estatal.

Sin embargo, Urióstegui Salgado y su equipo deben andarse con cuidado, pues si esta vez no pudieron hacerles nada, a la otra les pueden mandar a Edgar Núñez Urquiza y ese sí puede hacerles ver su suerte. Si no, pregúntenle a Homero Fuentes, ex coordinador administrativo de la Fiscalía General, detenido el pasado 31 de octubre en un “levantón” frente a las oficinas de la Fiscalía, y que ayer le negaron la posibilidad de una libertad condicional, por lo que tendrá que seguir en el Penal de Atlacholoaya.

HASTA MAÑANA.

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