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El Gobierno de López Obrador aumenta la presión sobre la Suprema Corte por la prisión preventiva oficiosa

La prisión preventiva oficiosa se ha convertido en la nueva arma del Gobierno de Andrés Manuel López Obrador para atacar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). A un año de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos sancionara al Estado mexicano y le ordenara quitar esta figura de su Constitución para adecuarse a la legislación internacional, el Ejecutivo ha redoblado la presión sobre los tribunales. El presidente ha sido férreo en la defensa de esta medida cautelar, a la que considera imprescindible para atajar los altos niveles de inseguridad en el país. La nueva ofensiva llega ahora, en pleno tiempo electoral, porque la Suprema Corte tiene tres proyectos enfilados para cumplir con la sentencia internacional.

Hace justo un año que la Corte Interamericana (CoIDH), cuyas resoluciones son obligatorias para México, sancionó al Estado por vulnerar los derechos de Daniel García y Reyes Alpízar, los dos hombres que estuvieron 17 años y medio en prisión sin una sentencia. Para evitar que su caso se repitiera, el alto tribunal internacional ordenó a México “adecuar su ordenamiento jurídico, incluyendo sus disposiciones constitucionales, para que sea compatible con la Convención Americana”.

La prisión preventiva oficiosa está recogida en el artículo 19 de la Constitución y permite enviar de forma automática a prisión a los acusados en una serie de delitos, en la primera fase del proceso judicial, sin que lo decida un juez. Es un encarcelamiento por adelantado. En México se aplica para un catálogo de 16 crímenes que va desde el feminicidio o el secuestro hasta el robo dentro de una vivienda. Esta figura, que es una anomalía en el resto de Latinoamérica, “es contraria las garantías internacionales”, según la Corte Interamericana. Además, México cuenta ya con la prisión preventiva justificada, que también implica que el acusado siga su proceso judicial en la cárcel, pero porque un juez considera que existe riesgo de fuga o de dañar a la víctima. El tribunal internacional pedía modificar la primera y daba al Estado el plazo de un año para hacer los ajustes.

El tiempo ha pasado y el Gobierno de López Obrador ha caminado en dirección contraria. En febrero, el presidente incluso anunció la propuesta de ampliar el catálogo de delitos bajo esta figura. Sin embargo, la SCJN —que también estaba obligada por la sentencia de la CoIDH a buscar una salida— tiene preparados tres proyectos para afrontar el mandato del tribunal internacional. Ahí comienza la disputa.

“Seguridad nacional”

La secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, ha salido este martes en la conferencia mañanera para advertir que eliminar la prisión preventiva oficiosa es “una amenaza a la seguridad nacional”. Según la funcionaria, quitar esta figura supondría “una afectación irreparable a los derechos de las víctimas”, “una extrema vulnerabilidad al personal policial, de las fiscalías, de los juzgadores y de los testigos”, y “la saturación del sistema de justicia”. Así se lo ha alertado a la Suprema Corte en una carta, firmada por los titulares de Defensa, Marina, Seguridad y Exteriores.

En la misiva, el Gobierno reconoce por primera vez cuántas personas hay bajo esta polémica medida: 68.000. Además desglosa que 21.000 están presas en el Estado de México, 8.400 en Jalisco, 4.500 en Veracruz o 3.300 en Michoacán. Estas cifras suponen que un tercio de las 232.600 personas encarceladas en México, lo están sin condena y sin que ningún juez haya valorado que tienen que estar en prisión. Aunque la Constitución marca que solo se puede estar dos años en prisión preventiva oficiosa, la saturación de los tribunales y los eternos procesos judiciales mantienen atrapadas a las personas durante años en la cárcel sin sentencia.

Durante su conferencia, Alcalde ha externado “su preocupación” por el impacto que tendría “la posible liberación de 68.000 presuntos delincuentes”. Los expertos jurídicos insisten sin embargo en que eliminar la prisión preventiva oficiosa no implica una desbandada de las cárceles, sino que permite a los abogados pedir que se revise la medida cautelar del acusado. En el caso de que el juez lo decida, el imputado seguirá en la cárcel, o si no puede aplicar otras medidas como un arraigo domiciliario, un brazalete electrónico o la firma en el juzgado.

“La afirmación de la secretaria parte de la idea de que los jueces van a dejar en libertad a personas que representan un peligro, lo que es incorrecto. El aparato de justicia lo tiene bien armado para mantener a las personas en prisión. No es una teoría, es un diagnóstico. Los jueces suelen dictar prisión preventiva justificada, eso era la regla hasta que en 2008 nació la prisión preventiva oficiosa”, explica el experto en derechos humanos Luis Tapia, que afirma: “Es un intento de apelar al miedo colectivo”. El abogado recuerda que hasta el momento no hay ninguna correlación de que los delitos que tiene prisión preventiva oficiosa hayan disminuido: “Señalar que el sistema de seguridad pública depende de la prisión preventiva oficiosa es una confesión muy fuerte, estamos perdidos si ese es el caso, porque no es efectiva, nunca ha servido”.

Los tres proyectos de la Corte

El Gobierno de López Obrador ha reflotado el tema a raíz de los tres proyectos que la SCJN está a punto de discutir en el pleno. Esta cercanía permite al Ejecutivo lanzar otro dardo a la institución presidida por Norma Piña, en plena guerra entre los dos poderes: “Preocupa también que la Suprema Corte decline su función de máximo tribunal del estado mexicano en favor de una instancia regional donde sus jueces representan los intereses de gobiernos extranjeros y de la Organización de los Estados Americanos”. En esta misma línea, Alcalde ha dicho: “Ningún Estado, Gobierno, organismo o tribunal extranjero puede ordenarle a México modificar su Constitución, su régimen político, ni su forma de Gobierno, hacerlo sería un acto inadmisible de injerencia. ¿Y a quién le toca defender nuestra Constitución? Precisamente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación”. Según se recoge en el artículo 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, de la que México forma parte, el país tiene la obligación de adecuar su legislación interna a los tratados internacionales. También está sometido —de forma voluntaria y soberana— a la competencia de la Corte Interamericana.

Con este embate, además, el Ejecutivo busca presionar a los ministros y a los jueces para evitar ningún movimiento a menos de dos meses de las elecciones del 2 de junio. En concreto, la carta del Ejecutivo ataca directamente al proyecto del ministro Jorge Pardo, conocido como Expediente 3/2023, pero la SCJN tiene en preparación otros dos: la acción de inconstitucionalidad 49/2021, presentada por la ministra Margarita Ríos Farjat, y el amparo en revisión 284/2022, del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Los tres proyectos, que están listados para discutirse de forma consecutiva este jueves, tienen enfoques diferentes.

El del ministro Pardo nace directamente para tratar de dar respuesta a la sentencia de la Corte Interamericana. Es el más ambicioso de los tres, porque supone inaplicar el artículo 16 de la Constitución para dejar sin vigencia a la prisión preventiva oficiosa. Necesita solo de seis de los 11 votos del pleno para salir adelante. El amparo de Gutiérrez Ortiz Mena es la aproximación más conservadora, puesto que elimina esta figura pero solo para la persona que promovió el amparo, no a nivel general. También necesitaría seis votos para aprobarse. El proyecto de Ríos Farjat es el más complicado de salir adelante, puesto que al ser una acción de inconstitucionalidad —como ya se discutió en noviembre de 2022— requiere de ocho votos. La propuesta de la ministra va orientada a buscar el diálogo entre la Fiscalía, el Ejecutivo, la Defensoría, sobre cómo inaplicar esta figura.

Mientras la SCJN decide cómo dar respuesta a la sentencia de la Corte Interamericana, en los tribunales federales del país ya se ha producido una división de criterio. El abogado Luis Tapia explica que, por un lado, los tribunales del norte del país —que dependen del pleno regional del circuito norte— ya están cumpliendo la resolución internacional y, por tanto, inaplicando la prisión preventiva oficiosa. “Y en los del sur del país se ha dicho que no, que la Constitución está por encima y no es posible inaplicarla”, resume el experto, que apunta que en el sistema local es más difícil medir cómo se está afrontando.

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Nacional
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