Mediante una reforma legal, el Congreso aprobó castigar con más severidad vender bebidas embriagantes adulteradas o a menores de edad; también facultó a los ayuntamientos a sancionar a los establecimientos que no vigilen el ingreso de sus clientes y permitan el acceso con armas
El Congreso del estado estableció sanciones más severas para los negocios que vendan bebidas alcohólicas a menores de edad, adulteradas y fuera del horario establecido. Además, facultó a la autoridad municipal a sancionar a aquellos giros que no vigilen de manera adecuada el ingreso de sus clientes y no impidan su acceso con armas de fuego.
Mediante una reforma a la Ley para la Prevención y Combate al Abuso de Bebidas Alcohólicas y la Regulación para su Venta y Consumo en el Estado, los legisladores locales establecieron nuevas normas para prevenir accidentes por el influjo de bebidas embriagantes.
Según se estableció en la reforma aprobada, las autoridades municipales podrán aplicar multas de 20 hasta mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el estado, por irregularidades de quienes venden bebidas alcohólicas.
Dentro de las faltas administrativas enmarcadas por los legisladores, se encuentra el que un establecimiento o giro opere fuera de los horarios de inicio y conclusión de sus actividades comerciales indicadas en su permiso o prestar servicios adyacentes sin la autorización anticipada de la instancia municipal competente.
Asimismo, el que los negocios no garanticen seguridad a sus clientes, al "no impedir el acceso al establecimiento o giro de personas portadoras de armas de fuego o punzocortantes o que se encuentren notoriamente bajo el influjo de bebidas embriagantes, estupefacientes, enervantes o psicotrópicos; por la venta de bebidas alcohólicas en la vía pública sin autorización; por permitir el consumo de bebidas alcohólicas a personas en estado de ebriedad, bajo los efectos de psicotrópicos, así como a personas con deficiencias mentales, a personas armadas, a militares o miembros de la policía que se encuentren uniformados o en servicio".
El negar el acceso al local del establecimiento a inspectores del Ayuntamiento también se considerará una falta administrativa.
La reforma aprobada fue enviada al Poder Ejecutivo para su publicación en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad".