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Otro revés al Cuauh: desechan la controversia constitucional

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la controversia constitucional iniciada por el  ejecutivo  de Cuernavaca, ya que éste pretende seguir negando la información solicitada por medio del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística (IMIPE), argumentando que ésta es clasificada.

Se trata del recurso de revisión RR/291/2016-II, luego de que el IMIPE, en la sesión del 8 de abril de 2016, ordenó al municipio informar sobre el acta de la primera sesión  extraordinaria  del Consejo de Información Clasificada del Ayuntamiento.

No obstante, la alcaldía se negó a entregar lo solicitado, es por eso que la sindica Denisse Arizmendi Villegas decidió iniciar la controversia constitucional 146/2016, mediante la cual demandaba la invalidez del artículo 118 fracción primera de la Ley de Transparencia.

Por otro lado, los ministros de la SCJN determinaron desechar la petición de Arizmendi Villegas, al considerar que es improcedente, ya que la figura de controversia debe resultar de alguna disposición de la ley reglamentaria de la materia, lo cual no se cumple en el documento emitido.

Asimismo, refirieron que: "lo que el municipio  actor  señala destacadamente como acto de la aplicación de la norma citada, es una resolución jurisdiccional emitida por el IMIPE en un medio de impugnación sometida a su conocimiento".

De igual forma, señalaron que la demanda no se refiere a una litis constitucional que tenga por efecto dirimir un conflicto competencial; y lo que se cuestiona es que el Ayuntamiento de Cuernavaca no siguió el proceso de clasificación de información previsto por la Ley Federal de Transparencia.

Es por eso que determinaron que ese medio no es la  vía  adecuada para impugnar resoluciones jurisdiccionales dictadas por tribunales judiciales o administrativos; por lo que el municipio de Cuernavaca deberá entregar la información solicitada, en un plazo no mayor a cinco días.

http://www.oem.com.mx/elsoldecuernavaca/notas/n4328669.htm

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