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EL REGIONAL: Dan entrada a solicitud vs Cuauhtémoc Blanco

Comisión de Gobernación que preside Julio Espín deberá radicar el procedimiento para la revocación del mandato

La petición inicial realizada por regidores, fue firmada  ahora por 17 legisladores con lo cual adquirió validez

La solicitud para revocarle el mandato al presidente municipal de Cuernavaca, Cuauhtémoc Blanco Bravo presentada el jueves pasado por al menos dos regidores, fue firmada ahora por 17 diputados locales, y enviada a la Comisión de Gobernación y Gran Jurado, que será ahora  la encargada de radicar el procedimiento en cuestión.

 

La petición de los regidores, fue tema de análisis por los coordinadores de los grupos y fracciones parlamentarias con representación en la Cámara de diputados, durante su sesión semanal de la Junta Política y de Gobierno, que realizaron ayer pero en esta ocasión por la tarde.

 

El Regional del Sur confirmó que la solicitud firmada inicialmente por los regidores Pedro Linares del PSD y Rafael Galindo Domínguez del PRD, fue respaldada con la firma de 17 legisladores ayer, procedimiento con el cual se dio cumplimiento al artículo 41 de la Constitución local, que señala como requisito para declarar la desaparición de un ayuntamiento, la revocación del mandato de alguno de sus miembros o la suspensión de alguno de ellos, que la petición sea realizada o por el gobernador en turno o cuando menos por el 50 por ciento más uno de los diputados del Congreso local, es decir 16 congresistas.

 

Los diputados que integran la Junta Política  y de Gobierno, después de revisar que el documento hubiera cumplido con la formalidades que exige la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, acordaron  turnar la solicitud  a la Comisión de Gobernación y Gran Jurado, que preside el perredista Julio Espín Navarrete.

 

El argumento para solicitar la revocación del mandato de Blanco Bravo, es que incumple con los requisitos de elegibilidad que establece la norma electoral local.

 

La fracción IV del artículo 41, establece justamente que una de las causales por la cual la Cámara puede acordar la revocación del mandato de alguno de los  integrantes de un ayuntamiento, “es el supuesto de que éste no reúna los requisitos de elegibilidad previstos para el caso”.

 

Una vez que la Comisión de Gobernación y Gran Jurado reciba la solicitud, deberá radicar el procedimiento para la revocación del mandato a Blanco Bravo, es decir iniciar de manera formal el procedimiento, y dentro del cual deberá darle la oportunidad  suficiente para rendir pruebas y alegar lo que a su derecho convenga.

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