Deberá devolver dinero a los ciudadanos que pagaron el impuesto.
Cuernavaca, Morelos.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó al Ayuntamiento de Cuernavaca la suspensión contra la reforma legislativa que lo obliga a la devolución a los ciudadanos del impuesto por la recolección, transportación y destino final de la basura.
En la controversia constitucional 134/2017, la comuna capitalina solicitó al tribunal constitucional decretar la suspensión para que la autoridad municipal no tenga que hacer devoluciones a los contribuyentes que pagaron el impuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2017, como se estableció en la reforma del Congreso a la Ley de Ingreso Municipal, y para que el ayuntamiento pueda continuar cobrando el tributo.
Tras admitir la demanda constitucional, la SCJN resolvió negar la suspensión solicitada por considerar que en la demanda el ayuntamiento no impugnó ningún acto concreto de aplicación de la norma impugnada.
Por lo pronto, los contribuyentes de Cuernavaca que pagaron los servicios públicos municipales correspondientes al año 2017 podrán exigir a la Tesorería Municipal la devolución del dinero correspondiente al impuesto por recolección, traslado y destino final de desechos sólidos, y el ayuntamiento estará impedido a cobrar el tributo por el que, hasta antes de la reforma, aspiraba a recaudar al menos 80 millones de pesos para hacer frente a diversos adeudos.