La constructora española acumula ocho procesos radicados en diversas instancias
El contenido de los actos de fiscalización fueron reservados para no entorpecer las diligencias
No obstante, el contenido de esas pesquisas y actos de fiscalización se encuentran reservados, de acuerdo con de la ley de transparencia y con objeto de no afectar las diligencias
de los respectivos casos.
La dependencia respondió a un punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del pasado 28 de junio, solicitándole a la SFP, la Procuraduría General de la República (PGR) y la Auditoría Superior de la Federación (ASF), para que en un plazo no mayor a 15 días informara sobre las investigaciones en torno a las empresas citadas.
Ayer, el pleno legislativo recibió respuesta de la SFP –a través de un documento firmado por el coordinador general de órganos de vigilancia y control, Noé Ramírez, quien desglosó el estado de las pesquisas existentes.
En el documento refiere lo siguiente: respecto a la empresa OHL se encuentran en proceso ocho expediente de investigación: uno radicado en la Unidad de responsabilidades en Pemex, empresa productiva del Estado; dos en el órgano interno de control de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT); cuatro en el órgano interno de control del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (Banobras); y uno en el órgano interno de control de la Procuraduría Agraria.
Por lo que hace a la multinacional brasileña Odebrecht –probablemente beneficiada con jugosos contratos signados con empresas públicas–, la Función Pública señala que un expediente se encuentra en proceso de investigación en la unidad de responsabilidades en Pemex.
También las empresas creadas por Luis Carlos Castillo Cervantes –relacionadas con la construcción– se encuentran en proceso de investigación a través de un expediente que se encuentra radicado en el órgano interno de control de la misma Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Noé Ramírez, a nombre de la SFP, argumenta que todas las investigaciones se encuentran en trámite, “la información está reservada… en materia de clasificación de y desclasificación de la información, así como para la elaboración y versiones públicas; en ese entendido, su divulgación afectaría las diligencias realizadas, así como las líneas de investigación que se siguen”.
La justificación de este argumento se extendió, pues añade en el texto, la divulgación de las diligencias practicadas y la información recabada por las autoridades administrativas investigadoras, sin que hayan emitido una determinación final respecto a la existencia de probables irregularidades administrativas, representa un riesgo real, demostrable e identificable en perjuicio del interés público
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Con esto, considera la autoridad, al obstruir las actividades de verificación al cumplimiento de normas, de acuerdo a lo establecido en la misma Ley de Transparencia.