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Iniciará mañana SCJN discusión de acciones de inconstitucionalidad contra reforma electoral

Para resolver los asuntos, la Corte requirió la opinión de la Sala Superior del TEPJF.

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) comenzará mañana con la discusión de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por un grupo de diputados y diversos partidos políticos contra las reformas legales en materia electoral.

De acuerdo con la lista de asuntos a resolver por el Pleno de la SCJN para este lunes, la sesión iniciará con el proyecto de sentencia del ministro instructor, José Ramón Cossío Díaz, respecto a la impugnación de diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Morelos, presentadas por los partidos políticos Encuentro Social, Humanista de Morelos, Morena y Nueva Alianza.

Sin embargo, la resolución de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por un grupo de diputados y los partidos políticos Nueva Alianza y Morena, demandando la invalidez del decreto número 1962, por el que se reforman diversas disposiciones del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley Orgánica Municipal, ambos del Estado de Morelos, ocupa el número cuarto en la lista de asuntos a resolver por el Pleno.

Para resolver los asuntos, la SCJN requirió la opinión de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien consideró ilegal la redistritación realizada por el Congreso de Morelos en la reciente reforma constitucional en materia electoral, y que alcaldes y regidores que aspiran a una diputación no se separen de sus cargo.

Sobre otros preceptos reclamados por los partidos políticos, la Sala Superior opinó que son constitucionales o, de plano, que corresponde a la SCJN pronunciarse.

Entre los puntos polémicos también impugnados por los partidos políticos destaca el aumento de la residencia en el estado a 12 años como uno de los requisitos para aspirar a la candidatura a gobernador; y el aumento al 5% de la votación válida emitida para diputados, para que a los partidos se les asigne una diputación por el principio de representación proporcional, independientemente de los triunfos de mayoría que hubiesen obtenido.

Sin embargo, el Pleno de la SCJN puede o no tomar en cuenta los puntos de vista planteados por el TEPJ en su sentencia. 

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