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Aprueba Acción Nacional el Frente Amplio Opositor con el PRD

Aprueba Acción Nacional el Frente Amplio Opositor con el PRD

La senadora del PAN, Laura Rojas, confirmó a través de su cuenta de Twitter que 'la Comisión Permanente de @AccionNacional autoriza a la dirigencia procesar con otros partidos el #FrenteAmplioMX'

 

 

 

CIUDAD DE MÉXICO. 

La Comisión Permanente del PAN, encabezada por su dirigente, Ricardo Anaya Cortés, aprobó que el partido conforme un Frente Amplio Opositor rumbo a la contienda electoral por la Presidencia de la República en 2018, y al cual se podrán integrar otros partidos como el PRD y Movimiento Ciudadano.

El domingo, el Consejo Nacional del PRD dio su aval para que este instituto político pueda conformar una coalición electoral también tentativamente con Acción Nacional y otros partidos, aunque con la denominación de Frente Amplio Democrático (FAD).

La senadora del PAN, Laura Rojas, confirmó a través de su cuenta de Twitter que “la Comisión Permanente de @AccionNacional autoriza a la dirigencia procesar con otros partidos el #FrenteAmplioMX”.

De igual manera, la legisladora añadió en otro tweet que “vamos por el #FrenteAmplioMX porque queremos gobernar bien a México y sacarlo de esta profunda crisis en la que se encuentra”.

En imágenes de la reunión privada de la Comisión Permanente del PAN que difundió Rojas en redes sociales, se ve votando a favor del Frente Amplio Opositor a los senadores Ernesto Ruffo, Marcela Peimbert y Fernando Herrera, junto al gobernador de Chihuahua, Javier Corral, y el presidente del PAN, Ricardo Anaya. Por el contrario, la senadora Adriana Ávila no avaló el Frente Opositor.

De acuerdo con los lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE), con base en el artículo 276 del Reglamento Nacional del Elecciones, el periodo para que los partidos políticos notifiquen que irán juntos en coalición para el año 2018 comprende del 10 de septiembre al 17 de noviembre de 2017.

La definición siguiente que deberá toma la cúpula del PAN será determinar el Método de Elección de su candidato a la Presidencia de la República, que de acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), en su artículo 226, numeral 2, deberá ocurrir antes del 29 de septiembre.

Ámbito: 
Nacional
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