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Investiga la Fepade a Graco Ramírez

 

La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) abrió una investigación por la presunta comisión de delitos electorales contra Graco Ramírez Abreu, gobernador de Morelos, por el condicionamiento de la entrega y distribución de ayuda para los damnificados por el sismo del pasado 19 de septiembre.

El organismo de la Procuraduría General de la República (PGR) dio a conocer que de oficio inició la investigación en contra de Graco Ramírez y su esposa Elena Cepeda, presidenta del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), por haber presuntamente ordenado a los agentes policiacos que detuvieran varios camiones de carga que envió el DIF de Michoacán con despensas para los damnificados, pero se ordenó que policías locales los detuvieran y obligaran a descargar sus productos en las instalaciones del DIF de Morelos.

Ante esa situación, la Fepade podría acusar de la comisión de delitos de tipo electoral tanto al gobernador como a su esposa y también a otros funcionarios que intervinieron en estas acciones.

En ese contexto, la Fepade señaló que vigilará que no se condicione la ayuda a los damnificados por los desastres naturales y atenderá con total imparcialidad las denuncias que se representen ante esta representación social y no permitirá que se aprovechen de la necesidad de las personas.

Vigilancia constante

El fiscal Santiago Nieto Castillo informó que, ante la catástrofe provocada por los sismos ocurridos los días 7 y 19 de septiembre, estará vigilando que no se condicione la ayuda de programas sociales; de hacerlo, se estaría cometiendo un delito electoral, como señalan los artículos 7 y 11 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales:

En el primero se indica que se impondrán de 50 a cien días multa y prisión de seis meses a tres años a quien amenace con suspender los beneficios de programas sociales en relación con la emisión de votos.

El segundo señala que se impondrán de 200 a 400 días multa y prisión de dos a nueve años al servidor público que condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas.

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