Las dependencias federales serán responsables de verificar que las instituciones educativas (y cualquier otro organismo público) puedan cumplir con los servicios convenidos, determina la SFP
La Secretaría de la Función Pública (SFP) determinó que las instituciones que contraten las dependencias y entidades de la administración pública federal deberán demostrar que no requieren subcontratar a terceros para proveer los bienes, prestar los servicios o ejecutar los trabajos de obra, o que en caso de requerirlo no podrá exceder del 49 por ciento del monto convenido.
De igual forma, antes de la asignación y de la firma del contrato a celebrarse entre entes públicos, los contratados deben comprobar fehacientemente su capacidad técnica, material y humana para cumplir con las obligaciones objeto de la contratación.
Lo anterior forma parte de las directrices que emitió la SFP, este lunes, y que deberán observar las dependencias y entidades del servicio público federal en las contrataciones que se realicen entre entes públicos.
La dependencia, que encabeza la maestra Arely Gómez, recordó lo anterior a través de un oficio circular publicado este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y dirigido a los oficiales mayores de las dependencias y sus equivalentes en las entidades de la administración pública federal y a los titulares de los órganos internos de control.
Establece que los entes públicos a contratar deberán presentar los documentos que comprueben que cuentan con el conocimiento, la experiencia, las herramientas, equipo, maquinaria, tecnología, logística y los recursos humanos adecuados, necesarios y suficientes para cumplir con lo contratado.
La SFP indica que en todos los casos los entes contratantes deberán efectuar una investigación de mercado, que permita determinar el procedimiento de contratación para asegurar al Estado las mejores condiciones de precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Advierte que “será a partir del resultado que se obtenga de dicha verificación, que la dependencia o entidad estará en posibilidad de determinar si la mejor alternativa de contratación, que garantice dichas mejores condiciones, es otro ente público”.
En todos los casos se deberá cumplir lo establecido en el Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y en el Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, señala la SFP.
Recuerda además que los actos y contratos entre entes públicos no se rigen por un interés eminentemente económico, sino por su interés en generar sinergia para el mejor cumplimiento de los objetivos de finalidad social que la normatividad les confiere.
El documento completo puede
consultarse en la dirección:
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5503641&fecha=06/11/2017
Modus operandi
Universidades servían de escudo para evadir licitaciones y obtenían menos del 10% del pago
Los contratos que dependencias federales entregaban desde hace años a instancias públicas fueron realizados, comúnmente, sin sujetarse a la Ley de Adquisiciones. Es esa ley la que obliga a realizar licitaciones y la que ordena efectuar estudios que permitan saber que el dinero público era utilizado bajo las mejores condiciones de precio-calidad.
En sus más recientes reformas, esta Ley incluyó parámetros que evitan la contratación a bajísimos costos, poco razonables, a efecto de impedir que servicios o materiales patitos fueran los ganadores de la licitaciones.
La Ley, por tanto, impuso límites a las acciones de los funcionarios que están a cargo de contratar servicios o bienes… pero al entregar a universidades u organismos públicos algún contrato, el contratante olvidaba prácticamente todas las reglas.
Esto derivó en las investigaciones de la Auditoría Superior de la Federación (retomadas posteriormente por el portal Animal Político) en las que se hizo evidente que esta excepción había sido utilizada para triangular contratos. Diversas universidades recibieron contratos que en realidad no ejecutaron. En casos documentados por Crónica, las universidades se quedaban con menos del 10 por ciento del pago mientras que el resto se iba a manos privadas, a quienes se subcontrataba y que, de no haber realizado esta triangulación, inevitablemente hubieran tenido que pasar por licitación para lograr un contrato.
Al menos desde 2013 hay operaciones de este tipo que están siendo investigadas. Desde ayer, las dependencias federales que contraten a universidades sin verificar su capacidad para cumplir el contrato, incurrirán en responsabilidades.