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LA CRÓNICA DE HOY: Renta de bodegas, puerta para el lavado de dinero

INVESTIGACIÓN ◗ Es un servicio comercial que crece en casi cada colonia de la Ciudad de México ◗ Su contratación aprovecha huecos legales, pero eso sí, con la garantía de la secrecía y un endeble protocolo de registro e identificación del usuario ◗ “Hay abuso de la figura de arrendamiento y no existen mecanismos para supervisar o investigar qué se almacena”, señala un especialista en lavado de dinero del Inacipe ◗ Autoridades como la Sedeco o el Invea no tienen una respuesta

Renta de bodegas, puerta para el lavado de dinero | La Crónica de Hoy

Primera Parte

Entre huecos legales, sin supervisión ni registro oficial, se multiplican en el país empresas dedicadas a la renta de bodegas.

 

Es un esquema similar al ventilado por Crónica hace unos días en torno a las arrendadoras de cajas de seguridad, muchas de las cuales operan en la opacidad.

Según expertos e investigadores del asunto, en el giro de las bodegas se actualizan también riesgos relacionados no sólo con el ocultamiento de bienes ilegales, sino con el blanqueo de recursos de procedencia ilícita.

Un tema de alerta. “Se abusa de una figura jurídica que es el contrato de arrendamiento, sin que haya mecanismos para supervisar o investigar qué se está almacenando, y algunos de estos lugares están sirviendo para guardar bienes, objetos, instrumentos o productos del delito”, advierte José Fernández de Cevallos, especialista en lavado de dinero del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe).

“Ahora hay muchas en la Ciudad de México, bodegas donde tú puedes guardar cosas. Son un servicio comercial, una actividad comercial que no está regulada”, dice Jaime González Aguadé, presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNVB).

El fenómeno se acrecienta en la capital… Son cientos, quizá miles de espacios ofrecidos casi en cada colonia, de tamaños diversos: cinco, diez, quince metros cuadrados o más;  con la garantía de total secrecía y un vulnerable protocolo de registro e identificación del usuario.  

Las autoridades del gobierno de la CDMX desestimaron la situación. Ninguna instancia cuenta con un padrón de las empresas con este perfil y mucho menos tiene contabilizado el número de bodegas en servicio.

Crónica buscó la postura de la Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco) a cargo de Salomón Chertorivski, la cual, según la Ley Orgánica de la Administración Pública, se encarga de orientar el desarrollo del sector empresarial en la CDMX y ejecutar programas de comercio interior.

Su respuesta fue: “No es un tema que nos corresponda a nosotros. Si es un negocio lícito debe contar con registro y sus permisos en orden, lo demás corresponde a otras autoridades determinarlo”. Al preguntarle sobre esas otras autoridades y sobre sus registros institucionales, hubo silencio.

Otra de las dependencias consultadas fue el Instituto de Verificación Administrativa (Invea), cuyo presidente es Meyer Klip ­Gervitz. En el papel, su objetivo es “impulsar la seguridad en diversos comercios e inmuebles de la ciudad y prevenir actos que pongan en riesgo a los capitalinos mediante el cumplimiento de las normas locales y visitas de verificación”.

Sin embargo, también se deslindó. Ante la insistencia, propuso la presentación de una denuncia para ordenar inspecciones.

“El desdén de las autoridades es tan grave como la amenaza que representa la operación descontrolada de bodegas, es reflejo de sus omisiones y complicidades. La pregunta es: ¿Qué autoridad otorga estos permisos?, ¿bajo qué criterios y cuál es el procedimiento de supervisión?”, señala el doctor Javier Oliva Posada, investigador de la UNAM.

“Lo que mueve al crimen es la obtención de dinero fácil, sus ramificaciones son extensas y se renuevan constantemente; aprovechan cualquier vacío. Negocios de este tipo están en la línea de la ilegalidad y pueden ser susceptibles de lavado, mientras no se persiga este delito en todas sus expresiones, seguiremos estancados. En los últimos años, sólo 11 lavadores han sido sentenciados”.

La renta de bodegas ha sido de manera histórica un servicio necesario para el dinamismo comercial del país y la ciudad. No se trata aquí de generalizar, pero sí de voltear la mirada al evidente desorden y falta de transparencia de esta actividad y, sin infringir los derechos al arrendamiento y la privacidad, revisar la emisión de contratos y protocolos usados por estas empresas para evitar el resguardo de bienes sospechosos y garantizar la identidad fiel de usuarios, con documentos reales.

Este rubro no se encuentra contemplado en el artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, el cual enlista las actividades vulnerables al lavado fuera del sistema financiero, como juegos de apuesta, servicios de construcción, desarrollo inmobiliario y notariales, comercialización de metales preciosos, vehículos y obras de artes, entre otros.

El inciso X sólo refiere, para la interpretación, “la prestación profesional de custodia de dinero o valores”. No obstante, el artículo 400 bis del Código Penal Federal estipula: “Se impondrán de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días de multa al que por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas:

 

I.  
Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, o

II.
Oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita”.

 

Para el especialista Fernández de Cevallos, del ­Inacipe, “conforme al Código se acredita el lavado y de las dos partes: de la empresa que está rentando y de quien está depositando bienes ilícitos”.

—¿No debiera obligarse a estas empresas a tener contratos claros y el registro pleno de sus usuarios, actualizado y con datos verificables?

—Desde luego que sí, se está omitiendo porque nadie regula. Por un lado está el oportunismo de quien lava dinero, y todo delincuente siempre irá un paso delante de la norma, tratará de transgredirla con una pluralidad de conductas para no ser descubierto. Es necesario legislar a efecto de dar mayor certeza, tener un padrón y saber quiénes son los arrendatarios, que tengan domicilio real y sean personas identificadas, con avales.

—¿Hay alguna referencia internacional?

—La Ley Patriota en Estados Unidos, por ejemplo, señala que si en un inmueble se realiza un delito, como resguardo de drogas u otros, el inmueble podrá ser decomisado, independientemente de quién lo esté utilizando, sea el propietario o el arrendatario. A la luz de cómo han proliferado estas bodegas, puede servir un mecanismo de esta naturaleza.

—¿Mayores libertades para el ciudadano o mayores controles del Estado?

—¿Qué pasa cuando estas bodegas son usadas para almacenar productos del delito como armas ilegales, documentos vinculatorios de secuestros, contrabando de órganos o redes de prostitución? Al menos que haya controles más rigurosos…

Ámbito: 
Nacional
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