El concubinato (que es la relación marital sin estar casado) de una pareja, podría quedar configurado con solamente dos años de convivencia, de acuerdo con una reforma al Código Familiar que impulsa el diputado local por el PRD, Enrique Lafitte Bretón.
Y es que a decir del promotor de la iniciativa, el plazo de cinco años que deben cumplirse para que se configure el concubinato como lo establece la actual legislación local, es excesivo, discriminatorio, y además, trae como consecuencia en muchas de las ocasiones, la imposibilidad para quienes vivieron juntos, de acceder a prerrogativas iguales a las que los cónyuges adquieren de manera inmediata.
"Este plazo tan largo para conseguir el respaldo jurídico a esta forma de convivencia, trae como consecuencia varios aspectos no benéficos para las personas, llamados concubinos (as), desventajas que van desde no tener acceso a una pensión hasta el desamparo en el derecho sucesorio, incluyendo, como ya decíamos, la negativa de acceso a la seguridad social", explicó el diputado Lafitte.
Agregó que en Morelos, son innumerables los casos en que las personas quedan en total desprotección al morir su pareja, pues si bien tenían varios años de vivir unidos y bajo el mismo techo, de manera permanente e ininterrumpida, no se actualiza el concubinato y no se generan los derechos que otorga el mismo, como la pensión o el seguro social.
El diputado Enrique Lafitte Bretón consideró que solicitar cinco años para acreditar el concubinato, deja en desventaja a una gran parte de la sociedad, que por circunstancias ajenas al interés social de las demás personas, no han concretado el matrimonio de derecho, o bien no han logrado procrear hijos.
Actualmente, 18 Estados de la República han modificado sus legislaciones en materia civil o familiar, referentes a esta figura jurídica del concubinato, y han establecido plazos de entre dos y cuatro años para otorgar los derechos y obligaciones correspondientes a las personas que basan su relación familiar en el concubinato, demostrándose así la tendencia nacional a la reducción de este término.
La iniciativa, que reforma el segundo párrafo del Artículo 65, la fracción V del artículo 545 y el artículo 737, todos del Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos, ya fue turnada para su análisis a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación que preside el propio diputado Enrique Lafitte Bretón.