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Confirma TEPJF candidaturas de Napito y Mancera

El tema se desahogó bajo la premisa de que los candidatos cumplen los requisitos de elegibilidad establecidos en la Constitución

Confirma TEPJF candidaturas de Napito y Mancera | La Crónica de Hoy
Napoleón Gómez Urrutia y Miguel Ángel Mancera.

Miguel Ángel Mancera, exjefe de Gobierno de la Ciudad de México, y Napoleón Gómez Urrutia, Napito, líder de trabajadores mineros y autoexiliado en Canadá, fueron confirmados por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en votación dividida, como candidatos plurinominales al Senado de la República, por el PAN y Morena, respectivamente.

La resolución se dio bajo la premisa expuesta por el magistrado Felipe Fuentes, de que el TEPJF “no hace política ni juzga nombres, sino casos, sin vincular ánimos personales. No estamos al servicio de ningún partido ni de ninguna causa”.

 

En el paquete, se confirmó también la postulación al Senado, y por la misma vía plurinominal, de Damián Zepeda, actual dirigente nacional del PAN, y quien había sido impugnado por una consejera de ese partido, por ocupar los primeros lugares en el listado, en supuesto detrimento de ella, quien es consejera del blanquiazul.

Los votos en favor de Mancera y Napoleón fueron de la presidenta del TEPJF, Janine Otálora, y los magistrados Reyes Rodríguez, Felipe de la Mata, e Indalfer Infante, mientras que Mónica Soto votó en contra del exJefe de Gobierno capitalino, pero a favor del líder de los trabajadores mineros.

Su colega Felipe Fuentes, al contrario, emitió su voto en favor de Mancera y en contra de Gómez Urrutia, mientras que José Luis Vargas, fue el único que votó en contra de ambos proyectos.

Durante la sesión, que para este tema se desahogó en poco más de cuatro horas, los magistrados confirmaron las candidaturas, en forma mayoritaria, bajo la consideración de que, tanto Miguel Ángel Mancera como Gómez Urrutia, cumplen con los requisitos de elegibilidad establecidos en la Constitución mexicana y las leyes electorales vigentes.

En el caso de Miguel Ángel Mancera, los magistrados desecharon la argumentación del PRI respecto de que el exjefe de Gobierno de la Ciudad de México no podía alcanzar la nominación debido a que el artículo 55 constitucional señala, en términos generales, que nadie puede ser candidato de la entidad que gobierna, aun en el caso de que hubieran renunciado en forma definitiva.

Sin embargo, los magistrados aseguraron que Mancera es candidato plurinominal, es decir, no compite en este caso por la Ciudad de México, concretamente, sino por una circunscripción que abarca un área mayor del territorio nacional, por un lado, y por otro, fue registrado por el estado de Chiapas, no por el área que compete a la capital de la República.

Aquella restricción constitucional, dijeron, no puede hacerse extensiva a todo el territorio nacional o a todos los candidatos por el principio de representación proporcional. 

Por lo que hace a Napoleón Gómez Urrutia, Napito, los magistrados determinaron que también cumple con el requisito de elegibilidad relacionado con la nacionalidad y el requisito de residencia, ya que nació en Monterrey, Nuevo León, y presentó en tiempo y forma el documento denominado Certificado de Nacimiento, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores.

En cuanto al requisito de residencia, impugnado también para tratar de evitar la candidatura del líder sindical, los magistrados señalaron que la Constitución prevé dos posibilidades, y en sus consideraciones la Carta Magna ordena que se debe adoptar la que proteja con mayor rigor a los ciudadanos.

En ese sentido, dice que una opción es que el candidato, en este caso Gómez Urrutia, sea vecino del lugar por el que es postulado, con un mínimo de seis meses de residencia, mientras que el otro precepto señala que debe acreditar el lugar de nacimiento por la circunscripción a que deberá representar.

Este último precisamente fue el criterio que se adoptó, es decir, que Gómez Urrutia exhibió su acta de nacimiento expedida por la ciudad de Monterrey, Nuevo León, lo que le hizo elegible para ratificar su candidatura plurinominal.

En su oportunidad, la presidenta del TEPJF, Janine Otálora, dijo que, en el caso de Miguel Ángel Mancera, de cuyo caso fue la magistrada encargada del proyecto, “no se puede generar ventaja indebida frente al resto de los contendientes porque que se postula por el estado de Chiapas, habiendo ejercido el cargo por la Ciudad de México”.

Respecto a Napito, subrayó, entregó al INE acta de nacimiento y certificado de nacionalidad expedido válidamente por Secretaría de Relaciones Exteriores, documento suficiente para acreditar la nacionalidad que se expide a personas mexicanas por nacimiento.

Ello, porque se trata de un instrumento jurídico a través del cual los mexicanos superan el potencial conflicto de intereses que se pueden generar al mantener vínculos jurídicos por la doble nacionalidad, para lo cual debieron renunciar a toda sumisión y obediencia hacia la otra nación. sobre el requisito de residencia.

El magistrado José Luis Vargas, quien votó en contra de ambos proyectos, señaló que ni Mancera ni Gómez Urrutia cumplen con los requisitos constitucionales y por tanto votó en contra de ambos proyectos.

Su colega Felipe de la Mata, señaló que en el caso de Mancera se cuestionó si es válido que el Jefe de Gobierno capitalino sea candidato plurinominal, y su respuesta fue que sí, porque la restricción del 55 constitucional no fue pensada para los candidatos de representación proporcional.

El pasado 5 de abril, el PRI impugnó la incorporación de Miguel Ángel Mancera y de Napoleón Gómez Urrutia en la lista de senadores plurinominales del PAN y de Morena, y hasta ahora, a 24 días de la elección, fueron resueltos ambos casos por el máximo Tribunal Electoral del país.

Ámbito: 
Nacional
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