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Multan a diputado por entrega de dádivas a damnificados; iba acompañado de Belinda

Multan a diputado por entrega de dádivas a damnificados; iba acompañado de Belinda

El TEPJF confirmó que el diputado del PES, Jorge Argüelles Victorero recibirá una multa de 16 mil 120 pesos por la entrega de dádivas a damnificados del 19-S en Jojutla, Morelos
Diputado Jorge Argüelles Victorero
Diputado Jorge Argüelles Victorero Foto: Especial
 
 
 

Por entregar dádivas a damnificados del sismo del 19 de septiembre en Jojutla, Morelos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó una multa por 16 mil 120 pesos al diputado federal del PES, Jorge Argüelles Victorero, quien durante esa actividad se hizo acompañar por la cantante Belinda.

El pasado 22 de junio el político repartió almohadas, cobijas, cobertores y balones en ese ayuntamiento, uno de los más afectados del estado e invitó a la cantante, caso por el que el pasado 19 de septiembre la Sala Regional resolvió que esta incurrió en violación a la prohibición constitucional a los extranjeros para participar en política.

Aunque por el caso la Secretaría de Gobernación ya se pronunció y determinó que no hubo tal infracción, Argüelles, entonces candidato a diputado federal de la coalición “Juntos Haremos Historia”, integrada por los partidos Morena, PT y PES por el distrito 4 del estado, fue hallado responsable de entrega de dádivas.

Los magistrados recordaron que la ley electoral prohíbe a partidos, candidatos, sus equipos de campaña o cualquier persona entregar cualquier tipo de material que implique ofertar o entregar algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que suponga un bien o servicio, ya sea por sí o interpósita persona y el objetivo es evitar que se afecte la certeza y equidad de la contienda electoral.

Este caso derivó de una queja del PRD, en el que denunció la violación a las leyes, pero el legislador acudió a defenderse al TEPJF, ante el que alegó que ya había sido juzgado por la conducta denunciada, pues el Instituto Nacional Electoral (INE) concluyó que no reportó los gastos realizados en ese evento, por lo que se buscaba indebidamente juzgarlo otra vez por la misma conducta.

Ese argumento fue desestimado porque la omisión de reportar gastos busca obligar a los contendientes de un proceso electoral a transparentar todas sus operaciones financieras

En cambio, lo que marca la ley electoral en materia de propaganda –y que en este caso fue violado- busca evitar la entrega de materiales que impliquen una contraprestación o beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo a cambio del voto o de la preferencia electoral.

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