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PRI propone elevar tope de portación de cannabis a 28 g

Propone legalizar y despenalizar la siembra y consumo de la droga; no así el comercio, suministro, venta, enajenación, distribución y/o transferencia

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El tricolor pide no consumir frente a menores o en espacios públicos. Foto: Especial

 

La bancada del PRI en el Senado propuso legalizar el consumo de la mariguana con cualquier fin, incluido el lúdico o recreativo, e incrementar el tope máximo permitido de 5 a 28 gramos.

En su iniciativa, el tricolor propone legalizar y despenalizar la siembra y consumo de la droga; no así el comercio, suministro, venta, enajenación, distribución y/o transferencia; actos que seguirían siendo un delito.

“Los actos que comprenden el uso lúdico o recreativo del estupefaciente y de consumo personal del cannabis sativa, índica y americana o mariguana, su resina, preparados y semillas, así como del psicotrópico Tetrahidrocannabinol, los isómeros y sus variantes estereoquímicas, no serán objeto de persecución penal.

“Quedarán excluidos (de la no acción penal) en todo momento los actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la venta, enajenación, distribución y/o transferencia”, señala el texto que será presentado formalmente mañana jueves.

La iniciativa, publicada ayer en la Gaceta del Senado,  toma como referencia la decisión de la Suprema Corte, que sentó jurisprudencia al otorgar cinco amparos a favor del consumo lúdico.

La propuesta, promovida por Miguel Osorio y Manuel Añorve, propone reformas a las leyes General de Salud y Federal contra la Delincuencia Organizada, así como al Código Penal Federal.

Incluye una modificación al artículo 478 de la Ley de Salud: elimina del texto que el Ministerio Público no ejercerá acción penal contra quien posea alguna de las sustancias ya enumeradas en el artículo 479.

De aprobarse, dirá: “No se considerará como delito la posesión para estricto consumo personal de alguno de los narcóticos señalados”.

Esta iniciativa incluye una tabla en la que se especifican los topes de consumo permitido de diversas drogas y de las cuales, la única que sufre modificación es la mariguana.

En la referida tabla del artículo 479 aumenta de 5 a 28 gramos por persona el tope máximo permitido para el consumo personal de mariguana. El límite para el resto de las drogas quedaría como está actualmente: opio, 2 gramos; heroína, 50 miligramos;  cocaína, 500 miligramos; LSD, 0.015 miligramos; cristal y metanfetamina, una tableta o cápsula con peso no mayor a 200 miligramos.

La iniciativa del PRI

  • Modifica la Ley General de Salud, la Federal contra la Delincuencia Organizada y el Código Penal.
  • Despenaliza el uso lúdico o recreativo y de consumo personal de la mariguana y sus variantes.
  • Excluye el comercio, suministro, venta, distribución o transferencia.
  • La siembra, cultivo o cosecha no será punible cuando se realice con fines lúdicos.
  • No podrá realizarse frente a menores de edad o en lugares públicos.
  • No considera delito la posesión para consumo personal de 28 g de mariguana.
  • Deja de considerar ilegal la posesión de: 2 g de opio, 50 mg de heroína, 500 mg de cocaína y 0.015 mg de LSD
Ámbito: 
Nacional
Tema/Categoría: