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REFORMA: Acusa ¡Odebrecht! a red de corruptos

Odebrecht denunció ante CNDH a 12 funcionarios del sexenio pasado por castigarla por hechos distintos a los sobornos que confesó pagar.

 
 
La firma brasileña que admitió haber pagado millones de dólares en sobornos ahora acusó que es víctima de una red de corrupción en México.

En una queja presentada ante la CNDH, señala a 12 funcionarios del sexenio pasado, entre ellos los titulares de la PGR y de la Función Pública, Alberto Elías Beltrán y Arely Gómez, respectivamente, de armar una estrategia para inhibir la investigación de los actos de corrupción que denunció y de los cuales sólo en México no ha habido sancionados.

La queja de Odebrecht fue presentada por Joao Henrique Andrade Araujo Horst, apoderado del gigante constructor brasileño.

"Resulta evidente que ha sido estrategia de miembros del Gobierno federal, a través de la SFP, imponer sanciones a mis representadas, en violación sistemática de sus derechos, como si éstas fueran resultado de la investigación de hechos de corrupción que han sido denunciados", dice el escrito, fechado el 3 de diciembre.

La empresa manifiesta que, con base en sus acuerdos con autoridades de Brasil y Estados Unidos, ha tenido la disposición de colaborar con las investigaciones que inició la PGR por los sobornos confesados por sus directivos a funcionarios mexicanos.

Pero, indica, las autoridades mexicanas lo que han hecho es iniciar indagatorias administrativas y sancionar a Odebrecht por temas que son absolutamente ajenos a las investigaciones de cohecho.

Con lo anterior, afirma, han generado una falsa impresión de ilicitud ante la opinión pública, pues las hacen responsables mediante diversas declaraciones y comunicados de prensa en medios oficiales.

Atribuyó a esa estrategia gubernamental que la PGR removiera de la Fiscalía Especializada en la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) a Santiago Nieto y que se impida el acceso a versiones públicas de la investigación, pese a lo ordenado por el INAI.

Y, además, que se dilate la resolución de la investigación, a pesar de que el ex Procurador Raúl Cervantes dijo que ya estaba concluida.

Otros de los funcionarios señalados por Odebrecht en esta supuesta andanada en su contra son José Antonio González Anaya y Carlos Alberto Treviño, ex directores de Pemex, y el ex titular de Pemex Transformación, André Arthur Glorieux González.

Entre las acusaciones directas afirma que la Función Pública, entonces a cargo de Arely Gómez, la inhabilitó por 4 años para concursar por contratos públicos con base en un documento "prefabricado" y que Pemex se ha negado a reconocer el contrato Tula I para construir las plataformas de la refinería Miguel Hidalgo.

De acuerdo con la queja, la SFP inició investigaciones en su contra sin incluir a los funcionarios, usó pruebas ilícitas, le sancionó sin tener facultades, le impuso dobles multas y no citó testigos de descargo.

La constructora asegura que buena parte de las presuntas anomalías que le imputa la Contraloría Federal en realidad se trata de actos autorizados por miembros del Consejo de Administración de Pemex, a los cuales no se les ha investigado.

"Diversas de las supuestas irregularidades que se imputan, así como supuestos incumplimientos en los contratos denominados Tula I y II, fueron expresamente autorizados por los órganos internos (representantes, miembros del Consejo de Administración de Pemex y/o Pemex Transformación Industrial, Comité de Adquisiciones, etc.) de Pemex", advierte.

A la Constructora Norberto Odebrecht (CNO), así como a Odebrecht Ingeniería y Construcción Internacional de México y sus ejecutivos, les iniciaron ocho procedimientos administrativos de sanción, de los cuales dos se acumularon y al final quedaron seis.

En uno se le impuso una inhabilitación de 2 años con 6 meses y el pago de una multa de 543 millones 488 mil 615 pesos, en otro sólo 2 años y en uno más la inhabilitación fue de 4 años, aunque en este caso un tribunal ordenó reponer el procedimiento.

Los demás expedientes siguen en instrucción.
Documento ilícito
El 8 de diciembre de 2017, la empresa CNO fue inhabilitada por un periodo de 4 años para participar en contrataciones por supuestos cobros indebidos de costos indirectos en el contrato para construir las plataformas de la refinería Miguel Hidalgo, en Tula, Hidalgo.

De acuerdo con la compañía brasileña, la sanción se basa en un dictamen contable del 21 de agosto de 2017 aparentemente encargado por Pemex al despacho Enrique Estrella y Asociados S.C.

Durante el procedimiento administrativo de sanción, este documento nunca les fue entregado para tener una defensa adecuada y formularon su contestación sin tener la posibilidad de desvirtuarlo.

Odebrecht afirma que, del texto, se desprende que Pemex contrató al despacho el 16 de agosto de ese año, sin embargo, en respuestas a solicitudes de información Pemex no ha reconocido plenamente ese dictamen.

Según la quejosa, Pemex respondió que su Unidad de Responsabilidades sí requirió este peritaje contable, pero carecía de facultades legales para adjudicarle un contrato al referido despacho.

Por ello, pidió a los brasileños tramitar su solicitud de información a Pemex Transformación Industrial (PTI), la cual a su vez respondió que no existía ningún contrato por ese dictamen.

“En síntesis, nadie sabe quién, cómo ni con qué recursos se contrató a un despacho contable que emitió un dictamen de 3,610 hojas que no se entregó a las quejosas, pero en el cual se fundó el procedimiento sancionatorio iniciado en su contra y que derivó en la inhabilitación por 4 años”, dice el escrito.

“Por todo lo anterior, se puede concluir que el supuesto dictamen contable financiero se encuentra viciado de origen, constituye una prueba ilícita que carece de valor probatorio alguno y que fue prefabricada por instancias de gobierno para indebidamente incriminar a los denunciantes”, agrega.

Un tribunal federal ya ordenó reponer el procedimiento mediante el cual fue emitida esta inhabilitación.
Omisión
Derivado de este mismo contrato, el 7 de febrero de 2018 la empresa CNO fue inhabilitada por 2 años por presuntamente actuar con dolo o mala fe en su pretensión de obtener pagos en exceso por más de 119 millones de pesos.

Odebrecht alega que todos los contratos celebrados por Pemex son de naturaleza privada y están regidos bajo la legislación mercantil y común, por lo que la competencia para sancionarle corresponde al Poder Judicial y no al área de Responsabilidades de Pemex, que depende de la SFP.

En este caso, señala que el órgano sancionador se negó a citar al residente de obra Marco Antonio Sierra Martínez, con el argumento de que no era una persona sancionable conforme al artículo 59 de la Ley de Pemex, sin embargo, este personaje fue inhabilitado por 10 años.

De acuerdo con Odebrecht, si Sierra hubiese comparecido ante la SFP, la manifestación de hechos y medios de prueba que hubiera aportado "habría evitado la responsabilidad de CNO".

La constructora Odebrecht y Marco Antonio Sierra Martínez interpusieron en 2017 tres amparos para evitar que la SFP resolviera los procedimientos administrativos que instruyó en su contra, con el objetivo de retrasar las resoluciones que prácticamente se encontraban listas para ser emitidas por la dependencia federal.

Dos de los amparos fueron interpuestos por la compañía; el otro, por el funcionario de Pemex implicado en uno de los contratos que la empresa firmó con la constructora brasileña.
Doble cobro
El 16 de abril de 2018, la SFP inhabilitó a la empresa CNO y su filial Odebrecht Ingeniería y Construcción Internacional de México por un periodo de 2 años con 6 meses para participar en contrataciones y le adjudicó el pago de una multa de 543 millones 488 mil 615 pesos.

La Contraloría atribuyó a CNO la suscripción indebida de garantía corporativa que refiere una cláusula del contrato para la construcción de accesos y obras externas para el proyecto de aprovechamiento de residuales para la refinería de Tula.

Además de cuestionar la injerencia para sancionar un contrato entre privados, las empresas afirman que la SFP les pretende cobrar el doble, ya que la multa fue impuesta en forma individual a cada una de ellas.

Otro aspecto que señalan como una violación legal es que la SFP les responsabiliza de no haber demostrado sus capacidades técnicas y financieras para este contrato, cuando en realidad no estaban obligadas a acreditarlas, ya que las cláusulas sólo les exigían una garantía corporativa.

 
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Nacional
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