No cumplen los requisitos legales que exige el gobierno federal para obtener recursos; necesitan dictamen del Inegi o un cambio de leyes

Los nuevos municipios indígenas quedaron excluidos de la asignación y distribución de los recursos provenientes de los Fondos General de Participaciones y de Fomento Municipal por no cumplir con los requisitos legales para ser considerados.

El pasado viernes fue publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” el “Acuerdo por el que se da a conocer el calendario de entrega, porcentajes y montos estimados de los Fondos Federales Participables, así como los montos de los Fondos de Aportaciones Estatales, que corresponden a los municipios del estado de Morelos para el ejercicio fiscal 2019”, emitido por la Secretaría de Hacienda estatal.

En el documento, la dependencia justificó que los municipios indígenas de Coatetelco, Hueyapan y Xococotla no fueron considerados porque no cubren los requisitos previstos en  la Ley de Coordinación Fiscal, al no existir información oficial sobre su población, que es uno de los indicadores previstos en la fórmula de distribución de recursos.

“Al respecto, es menester destacar que en el presente Acuerdo dichos municipios no han sido considerados en virtud de que no se cuenta con los elementos que exige la Ley de Coordinación Fiscal y de cálculo, para realizar de manera efectiva y legal la distribución de los recursos que, en su caso, les corresponderían; como lo es la población oficial de cada municipio determinada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía”, explicó la Secretaría de Hacienda.

Pero también precisó que solo sí en el transcurso del año el INEGI emite la información oficial, habría la posibilidad de considerar a los municipios indígenas y realizar una redistribución en la asignación de las participaciones.

“En ese orden de ideas y en caso de que en el presente ejercicio fiscal se cuente con esos elementos, se establece la posibilidad de modificar, en su caso, entre los municipios de nueva creación y los municipios de origen, la distribución contenida en el presente Acuerdo para garantizar una correcta aplicación de los recursos de los fondos a que se refiere este Acuerdo, entre los municipios que se encuentran previstos en el artículo 111, de la Constitución Local”.

Otra posibilidad para que los municipios indígenas puedan acceder a estos recursos, según advirtió en el documento la Secretaría la Hacienda, es que se realicen reformas legales que les permitieran cumplir los requisitos para acceder a las participaciones federales, en términos de lo previsto por la Ley de Coordinación Fiscal.