La sentencia del amparo con que el ex Gobernador Javier Duarte pretende combatir su condena de 9 años 'desapareció' del expediente físico.
Dicha sentencia, del 22 de febrero, fue publicada a finales de ese mes y luego retirada el 4 de marzo del portal del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).
En el fallo de Antonio González García, Juez Segundo de Distrito en Amparo Penal, del juicio de garantías 1037/2018, se desechaba el amparo de Duarte por considerarlo improcedente, argumentando que antes de presentar esta demanda debió agotar el recurso de revocación y no lo hizo.
De momento no existe certeza de que efectivamente haya sido dictada, ya que personal del juzgado negó a la defensa de Duarte que así haya sucedido, según señala un escrito del ex Mandatario, quien aún así presentó un recurso de revisión contra el supuesto fallo.
A fines del mes pasado, el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes del CJF publicó el fallo del juez González García en el juicio de garantías 1037/2018, presentado por Duarte para reactivar su impugnación contra la condena por lavado y asociación delictuosa.
Según la versión pública del documento, en poder de REFORMA, González García señaló que Duarte se había desistido de la apelación contra la condena de 9 años, impuesta el pasado 26 de septiembre.
Si bien el fallo significaba un revés parcial para Duarte, preso en el Reclusorio Norte, esa sentencia no la reconoció el propio juzgado ante la defensa.
El viernes pasado, Duarte presentó un escrito al juez para manifestarle que, debido a que el 4 marzo la versión pública del fallo fue retirada de internet, uno de sus abogados acudió al juzgado para consultar físicamente el documento original, sin embargo, allí le informaron que no había sido dictada la resolución.
"Dicho autorizado fue informado, muy amablemente por el personal que labora en este H. Juzgado, que toda vez que se había celebrado la Audiencia Constitucional, era imposible que pudiera ser consultado pues el cuaderno principal se encuentra en estudio por el correspondiente Secretario Proyectista a fin de dictar la sentencia correspondiente", indicó el ex Gobernador.
"Por lo que yo me cuestiono ¿cómo es posible que aún no haya resolución si esta parte quejosa cobró conocimiento en fecha 26 de febrero del presente año de la sentencia dictada por su Señoría en Audiencia Constitucional? Es un absurdo que me posiciona en un estado de incertidumbre jurídica, que incluso puede llegar a dejarme en un estado de indefensión".
Consultados al respecto, sus abogados Ricardo Sánchez Reyes Retana y Carlos Ríos Peralta informaron que ya presentaron el recurso de revisión contra esa sentencia que no aparece, en tanto se aclara si es auténtica.
"Sin pretender generar un calificativo en cuanto a la conducta procesal de quienes integran el juzgado, sí es de llamar la atención que en primera instancia se publique una resolución y posteriormente se retire del sistema", señalaron.
"¿Fue un error? ¿Hubo alguna señal que se desconoce, en cuanto al sentido de la resolución? Estoy seguro de que no, esta defensa confía plenamente en la autonomía del señor juzgador".
"No sabemos (si el fallo es real), nosotros como la vimos publicada, nos basamos en ese ejemplar para impugnarla, no tenemos certeza de si el error fue que la subieron electrónicamente o el error fue que no la glosaron físicamente. Como no podemos correr ese riesgo, la impugnamos, y lo que esperamos como respuesta es que el juzgado nos diga oficialmente cuál es la resolución o el error".