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Inician en megalópolis los 'contaminómetros'

 

Igual que el alcoholímetro, serán instalados en puntos aleatorios; sistema medirá emisiones de los vehículos en circulación

Los lineamientos de operación del sensor remoto serán establecidos por las autoridades de los estados de la zona megalopolitana, en conjunto con la CAMe, a través del Programa de Verificación Vehicular Obligatorio (ESPECIAL)

A partir del primero de julio, con la entrada en vigor de la Norma Emergente de Verificación Vehicular, se pondrán en operación los sensores remotos para la detección de vehículos ostensiblemente contaminantes; se establecerán operativos de mediciones en vialidades con flujo vehicular entre 500 a mil vehículos por hora, similares a los del alcoholímetro, aunque no se detendrá a los automóviles.

Información de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) detalla que para los operativos de mediciones la vialidad se confinará a un carril único por el que pasarán los vehículos en circulación y se medirán los gases del escape de un automotor a la vez.

La velocidad del vehículo podrá ser entre 10 a 80 kilómetros por hora. Al mismo tiempo, se tomará una fotografía de la placa del automóvil para su identificación. Una vez que sea medido, podrá continuar su viaje.

Los lineamientos de operación del sensor remoto serán establecidos por las autoridades de los estados que forman parte de la zona megalopolitana (Ciudad de México, Puebla, Morelos, Hidalgo, Tlaxcala y Estado de México), en conjunto con la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe), a través del Programa de Verificación Vehicular Obligatorio.

Serán las autoridades locales las que determinarán los lugares estratégicos para su colocación, aunque por razones técnicas y de seguridad no se instalarán en vías rápidas, en la noche ni en días con lluvia.

Estrategia. Los puntos en los que se realizará la medición deberán ser zonas con características socioeconómicas distintas, dentro de los puntos de muestreo algunos deben tener alto flujo de vehículos pesados.

Se seleccionarán vialidades con flujo vehicular de entre 500 a mil vehículos por hora con dos o tres carriles, además de que cuenten con cierta inclinación, a fin de asegurar que el vehículo acelere y tenga una velocidad entre los 10 y 60 kilómetros por hora al momento de pasar por el equipo analizador de gases.

Actualmente se cuenta con cuatro sensores remotos, dos son del gobierno de la Ciudad de México, uno del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático y uno más del Instituto Mexicano del Petróleo, mientras que el resto de las entidades de la megalópolis alistan la compra.

Cada equipo sensor remoto es capaz de medir hasta 7 mil vehículos diarios, dependiendo de la ubicación y el flujo vehicular. Además de identificar a los vehículos ostensiblemente contaminantes, el sensor remoto es capaz de evaluar la operación y eficiencia general del Programa de Verificación Vehicular Obligatorio. Con la información generada, es posible identificar dónde verificó cada vehículo, lo que permitirá valorar la operación de los verificentros.

Los sensores permiten cuantificar la velocidad y la aceleración de cada vehículo monitoreado; se encuentran perfectamente sincronizados con el equipo que registra las emisiones vehiculares así como con una cámara de fotografía digital, con la cual se toma una imagen de la placa trasera de cada una de las unidades analizadas para obtener un registro de la matrícula y posteriormente obtener los datos técnicos del vehículo y poder relacionarlos con sus emisiones.

Los contaminantes que detectan los sensores son: monóxido de carbono, bióxido de carbono, hidrocarburos, óxido nítrico y partículas.

La Norma Emergente de Verificación Vehícular, obligatoria para los seis estados de la megalópolis, establece límites de emisiones contaminantes más estrictos e incorpora el uso de sistemas de diagnóstico del automóvil para una verificación más transparente y confiable. Incluye la aplicación de sensores remotos para verificar las emisiones de los autos a la salida del verificentro.

La normativa aplicará a vehículos particulares, transporte público y de carga; incluye la prohibición a la circulación de vehículos ostensiblemente contaminantes, facultando así a las autoridades competentes a retirarlos de la circulación.

http://www.eluniversal.com.mx/articulo/metropoli/cdmx/2016/06/19/inician...

 

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