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Válida, extinción de Consejo de la Judicatura

Pleno resuelve acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la validez de las reformas a la Constitución del Estado de Morelos que extinguieron el Consejo de la Judicatura local.

En la sesión de este lunes, el Pleno discutió la acción de inconstitucionalidad 38/2018, promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, quien alegó que la extinción del órgano colegiado violaba el derecho a la tutela judicial efectiva, al distraer funciones de jueces y magistrados para realizar tareas administración a través de una comisión.

Por una mayoría de votos, el Pleno determinó declarar la validez de la modificación al artículo 136, párrafo primero y la derogación de los artículos 40, fracción XXXV, y 92 de la Constitución local, puesto que en el artículo 92-A, pues se previó la creación de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial como órgano administrativo, con funciones similares a las que –en su momento– tuvo el Consejo de la Judicatura local.

“Por lo tanto, resultan infundados los argumentos en el sentido, de que eso va a distraer a jueces y magistrados de la función jurisdiccional, puesto que habría un órgano especializado en la materia”, estableció el ministro ponente, Javier Laynez Potisek.

Además, fueron sobreseídas diversas impugnaciones previstas en la acción de inconstitucional debido a reformas constitucionales que echaron abajo, por ejemplo, la intención de convertir al Tribunal Unitario de Justicia para Adolescentes en Sala Especializada, dependiente del Tribunal Superior de Justicia.

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