La LIV Legislatura considera que se deben crear políticas públicas a favor del respeto a los seres vivos
La LIV Legislatura pretende castigar con tres meses a un año de prisión el maltrato animal, al considerar se deben crear políticas públicas a favor del respeto a los seres vivos y de la prevención del maltrato animal, lo que genera más violencia social.
Desde la Máxima Tribuna del Estado, la diputada Ana Cristina Guevara Ramírez, del partido Movimiento Ciudadano, confirmó que la crueldad es una repuesta emocional de indiferencia, así como la obtencion de placer en el sufirimiento y dolor de otros, es un signo clínico relacionado con un desorden antisocial de una conducta que requiere un tratamiento psicológico.
Refirió que la violencia que se genera al interior de las familias es dirigido a los más débiles, a los niños, adultos mayores, mujeres y animales domésticos, para estos últimos en muchas ocasiones la violencia se minimiza, se tolera y se ve como algo sin importancia, como si el dolor de existiera.
Subrayó que en Morelos la violencia ha rebasado todos los límites conocidos, requiriendo trabajar para generar paz en el estado, comenzando a dar los primeros pasos en favor de ésta, evitando y castigando el maltrato a los seres vivos que no tienen voz, y son sometidos a tratos crueles y una muerte ruin.
“Sí una persona maltrata a un animal, qué nos hace pensar que mañana no lo hará con un ser humano. Internacionalmente esta conducta ya es sancionada, y acciones en contra del maltrato animal existen en otros estados. Se tiene que castigar con prisión. No podemos permitir más casos como el de negrita, que quedan en la impunidad y la palabrería que era solo un animal”, exclamó.
Por ello, la legisladora local presentó ante el Pleno la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 327 del Código Penal, añadiendo de tres meses a un año de prisión a quien "cometa por cualquier medio actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal doméstico”.
“Se aumentará a una mitad cuando el agente activo sea reincidente o derivado del maltrato concurra a alguna de las siguientes causas: 1. Se cause en el animal doméstico la pérdida o
los animales fuera ajeno o no inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal; 2. Si el sujeto activo graba o toma fotografías del maltrato para hacerlas públicas por cualquier medio; 3. La muerte del animal doméstico. No procederá la denuncia en caso de que se trate de espectáculos donde se empleen animales domésticos y que la autorización correspondiente haya otorgado permiso de acuerdo a lo establecido en la Ley de Fauna Estatal”.
La propuesta fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación para su análisis y dictaminación.